Texto de la norma
Dec. No. 8946, que autoriza la impresión de especies timbradas (sellos para certificados de salud y de análisis).
G. O. No. 8735-Bis, del 4 de febrero de 1963
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO 8946
VISTA la Ley No.4745 del 9 de agosto de 1957, sobre Ingresos Especializados para fines de Salud Pública, y la Ley No.2461 del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza la impresión de los siguientes sellos de Rentas Internas, especializados para fines de Salud Pública:
100,000 sellos del tipo de RD$1.00 para Certificados de Salud, color azul numerados del 1 al 100,000;
50,000 sellos del tipo de RD$5.00 para Certificados de Análisis, color verde, numerados del 1 al 50,000.
Art. 2.— Los sellos de RD$1.00 para Certificados de Salud, se harán en tamaño de 28 milímetros de alto por 38 milímetros de largo y tendrán el siguiente diseño: En el centro se destacará el Escudo Nacional, en la parte superior del sello se leerá con letras grandes “República Dominicana” y debajo de estas palabras con letras más pequeñas Ley No.4745 del 9 de agosto de
1957; Ingreso Especializado para fines de "Salud Pública"; en la parte inferior del sello se leerá Rentas Internas. En el lado izquierdo del Escudo y dentro de un círculo llevará la figura de un médico realizando la flouroscopía y debajo de este círculo las palabras "Salus Populi". En el lado derecho del Escudo y dentro de un círculo llevará la figura de un caduceo y debajo de esta figura las palabras "Suprema Lex"; en los ángulos superiores derecho e izquierdo llevará el signo de pesos y el valor facial en número, y en los ángulos inferiores derecho e izquierdo escrito en letras llevará las palabras "Un Peso Oro".
Art. 3.- Los sellos de RD$5.00 para Certificados de Análisis, se harán en tamaño de 28 milímetros de alto por 38 milímetros de largo y tendrán el siguiente diseño: En el centro se destacará el Escudo Nacional; en la parte superior del sello se leerá con letras grandes "República Dominicana" y debajo de estas palabras con letras más pequeñas "Ley No.4745 del 9 de agosto de 1957; Ingresos Especializado para fines de Salud Pública"; en la parte inferior del sello se leerá Rentas Internas. En el lado izquierdo del Escudo y dentro de un círculo llevará la figura de un caduceo y debajo de este círculo las palabras "Salus Populi". En el lado derecho del Escudo y dentro de un círculo llevará la figura de un Técnico de laboratorio realizando un análisis y debajo de esta figura las palabras "Suprema Lex"; en los ángulos superiores derecho e izquierdo llevarán el signo de pesos y el valor facial en número, y en los ángulos inferiores derecho e izquierdo escrito en letras llevará las palabras "Cinco Pesos Oro".
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de diciembre del mil novecientos sesenta y dos, años 119o. de la Independencia y 100o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
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