Texto de la norma
Dec. No. 8816, que autoriza al Ayuntamiento de Moca a vender sendos solares propiedad del Municipio.
G. O. No. 8735-bis, del 4 de febrero de 1963
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8816
VISTA la comunicación No. 17, de fecha 24 de julio de 1962, suscrita por el Ayuntamiento del Municipio de Moca;
En virtud de las disposiciones del artículo 3 de la Ley No. 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones quele confieren los artículos 55, inciso 25, y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.- Autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca a vender sendos solares de su propiedad a los señores Altagracia Cartagena de Contreras y Renán Pérez Jáquez, conforme al detalle siguiente:
a) A la señora Altagracia Cartagena de Contreras, el solar sin denominación catastral, situado en la calle No. 1, Barrio de Mejoramiento Social del Municipio de Moca, con una extensión superficial de 54 metros cuadrados, por el precio total de RD$54.00; y
b) Al señor Renán Pérez Jáquez, el solar situado en la calle Estrelleta No. 11 del Municipio de Moca, con una extensión superficial de 129.88 metros cuadrados, por el precio total de RD$ 194.82
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de noviembre del mil novecientos sesenta y dos; años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado
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