Texto de la norma
Dec. No. 8788, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Barahona a vender varios solares de su propiedad.
G. O. No. 8727-Bis, del 7 de enero de 1963
REPUBLICA DOMINICANA
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8788
VISTA la comunicación No. 932, de fecha 28 de agosto de 1962, del Ayuntamiento del Municipio de Barahona;
En virtud de las disposiciones del artículo 3 de la Ley No. 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55, inciso 25, y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Barahona a vender sendos solares de su propiedad, a los señores Cirio Natalio Matos, Andrea Cuevas y Tomás Espinosa, conforme al detalle siguiente:
a) al señor Cirio Natalio Matos, el solar No. 4 de la Manzana NO. 41, "A", del Distrito Catastral No. 1 del Municipio de Barahona, ubicado en la calle Nuestra Señora del Rosario esquina General Cabral, con una extensión superficial de 189 metros cuadrados, por el precio total de RD$256.28;
b) a la señora Andrea Cuevas, el solar No. 1 de la Manzana No. 41, "A", del Distrito Catastral No. 1, del Municipio de Barahona, situado en la calle Nuestra Señora del Rosario esquina Miguel Fuentes, con una extensión superficial de 221.32 metros cuadrados, por el precio total de RD$300.10; y
c) al señor Tomás Espinosa, el solar No. 5, de la Manzana No. 44, del Distrito Catastral No. 1, del Municipio de Barahona, ubicado en la calle Santomé del citado Municipio con una extensión superficial de 194.26 metros cuadrados, por el precio total de RD$219.51.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 5 días del mes de noviembre del mil novecientos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República y del Consejo de Estado.
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