Dec No. 8657, que jubila con pensidn del Estado a Iw sdores Faustino Modes Mora-
kr y Albgrack Keppis de Dish.
G. 0. No. 8727-Bit, del 7 de enero de 1963
Republica Dominicana
EL CONSLJO NACIONAL
NUMERO: 8657
VISTA la Ley No. 5 185, sobre Pensiones Civiles del Estado,
tlc fecha 31 de julio de 1959;
En cjcrcicio de las atribuciones quele confieren 10s artfculos
55 y 117 (transitorio) de la Constjtucibn de la Repbblica, dicta
cl siguicnte
D E C R E T O :
Art. 1 .- Concede el beneficio de la jubilacion y asigna sendas
pcnsiones del Estado de ciento sesenta y tres pesos or0 (RD$
163.00) niensuales, respectivamente, a 10s sefiores Faustino Mo-
rales Morales y Altagrdcia Keppis de Disla.
Art. 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Publicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s veintisiete dias del mes de septiem-
bre del mil novecientos sesenta y dos; aiios 1190 de la Indepen-
dencia y 1000 de la Restauracion.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la Repdblica
y del Consejo de Estado
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona