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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8548

QUE ENCARGA AL PRIMER SECRETARIO DE LA EMBAJADA DE LA REPUBLICA EN BRASIL, SEÑOR DOCTOR FRANCISCO O. NORIEGA OBJIO DE LAS FUNCIONES CONSULARES DE DICHA EMBAJADA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 ago de 1962fecha
Designacióntipo
G. O. 8728Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Consejo de Estadoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Francisco O. Noriega ObjíoDesignaciónEncargado de las Funciones Consulares de dicha Embajada

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Francisco O. Noriega Objío · Encargado de las Funciones Consulares de dicha Embajada

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 8548, que encarga al Primer Secretario de la Embajada de la República en Brasil, señor Doctor Francisco O. Noriega Objío, de las Funciones Consulares de dicha Embajada. G. O. No. 8728-Bis, del 10 de enero de 1963 REPUBLICA DOMINICANA EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO: 8548 En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.- El señor Doctor Francisco O. Noriega Objío, Primer Secretario de la Embajada de la República en Brasil, queda nombrado Encargado de las Funciones Consulares de dicha Embajada. Art. 2.- Queda derogado el Decreto No. 8271, de fecha 22 de junio de 1962. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 31 días del mes de agosto del mil novecientos sesenta y dos; años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración. POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona