Decreto Nº 390, que suspende en sus efectos el Decreto Nº 335 de fecha 18 de diciembre de 1963.
(G. C. Nº 9005, del 28 de Septiembre de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 390
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO UNICO.—Queda suspendido en sus efectos el Decreto Nº 335, de fecha 18 de diciembre de 1963, por medio del cual se concedió el beneficio de la jubilación y se asignó una pensión del Estado de RD$75.00 mensuales al señor José Teódulo Díaz Ortiz.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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