Texto de la norma
Decreto Nº 3154, que concede incorporación al Grupo Cooperativo Pesquero “La Unión”.
(G. O. Nº 9295, del 17 de Marzo de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3154
VISTAS las Leyes Nº 127, sobre Asociaciones Cooperativas, de fecha 27 de enero de 1964, y Nº 31, de fecha 25 de octubre de 1963;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la incorporación al Grupo Cooperativo Pesquero “La Unión”, con su domicilio en
la ciudad de Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea celebrada en fecha 7 de mayo de 1972. En consecuencia dicho Grupo Cooperativo gozará de personalidad juridica y de los beneficios que le acuerda la ley, desde la vigencia del presente Decreto.
Art. 2.—Enviese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y tres, años 129° de la Independencia y 110° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto N 3155, que concede incorporación al Grupo Cooperativo Pesquero “Manzanillo”.
(G. O. Nº 9295, del 17 de Marzo de 1973)
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