Texto de la norma
-6B-
En virtud de lo que dispone el articulo 3 de la Ley NO
4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y la Ley NQ 5577, de fecha
14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55 de la Constituci6n de la Reptlblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-Se
autoriza a1 Ayuntamiento del Distrito Nacional
a vender en favor de la seiiora Lourdes A. Liranzo de Tallaj, el
solar NQ 16, de la Manzana NQ 1548, del D. C. NQ 1, del Distrito
Nacional, del sector de Arroyo Hondo, con una extensi6n su-
perficial de 517.73 metros cuadrados, por el precio de RD$2,588.
65, a raz6n de RD$5.00 el metro cuadrado, con 10s siguientes
linderos: a1 Norte, Solar NQ 4; a1 Este, Solar NO 15; a1 Sur,
calle; y a1 Oeste, Solar NO 17. El indicado precio sera pagado
por la mencionada seiiora dando un avance de un 10% y la su-
ma restante en diez aiios, en cuotas mensuales consecutivas.
Art. 2.-El
presente Decreto modifica, en cuanto sea nece-
sario el Decreto NO 2523, de fecha 8 de agosto de 1972.
DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional.
Capital de la Republica Dominicana, a 10s tres dias del mes de
enero de1 aiio mil novecientos setenta y tres, afios 1299 de la
Independencia y 1109 de la Restauracihn.
.
JOAQUIN BALAGUER
Decrctto No 3055, que autoriza a1 Ayto. del Municipio de Elias Piiia
vender varias propiedades .
(G. 0. NO 9292, del 17 de Febrero de 1973.)
JOAQUIN BALAGUER
, Presidente c",e la Republica Dominicana
-
NUMERO 3055
VISTA la resolucih N" 0006, de fecha 19 de mayo de 1972,
dictada por el Ayuntamiento del Rluniciyio de Elias Pifia;
' I t
c
de febrero de 1966;
En virtud del articulo 3 de la Ley NQ 4381, de fecha 10
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55 de la Constitucih de la Repdbliea, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO UNIC0,-
Se autoriza a1 Ayuntamiento del
Municipio de Elias PiAa a vender a 10s inquilinos que actual-
ment8 las ocupan las viviendas que fueron donadas a ese orga-
nismo edilicio por el Estado Dominicano, debiendo realizarse
esas operaciones de venta en las mismas condiciones previstas
en la Ley No 286, de fecha 23 de marzo de 1972.
L
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la RepGblica Dominicana, a 10s tres dias del mes de
enero del aiio mil novecientos setenta y tres, afios 1290 de la
Independencia y l l O Q de la Restauracibn.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.