Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
del Presidente del Ayuntamiento del Municipio de San Francisco de Macorís;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y la Ley Nº 5577, del 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Francisco de Macorís, a vender en favor del señor Andrés Domínguez, el solar Nº 3841 ubicado en la Manzana Catastral Nº 39 del Distrito Catastral Nº 1 de dicho Municipio, con una extensión superficial de 94.38 metros cuadrados, por el precio de RD$330.33, a razón de RD$3.50 el metro cuadrado. El mencionado señor ocupa en arrendamiento el citado solar, en el cual ha construido una casa para su vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de enero del año mil novecientos setenta y tres, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 3053, que autoriza al Ayto. del Municipio de Esperanza a vender un solar de su propiedad.
(G. O. Nº 9292, del 17 de Febrero de 1973.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3053
VISTA la copia certificada del acta correspondiente a la
sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento del Municipio de Esperanza, en fecha 25 de noviembre de 1971;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y la Ley Nº 5577, del 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Esperanza, a vender en favor de la señora María Encarnación Colón de Hilario, el solar Nº , ubicado dentro del Distrito Catastral Nº 1, del citado Municipio, con un área de 617.78 metros cuadrados, por el precio de RD$935.22. La mencionada señora ocupa en arrendamiento el indicado solar, en el cual ha construído su casa para vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de enero del año mil novecientos setenta y tres, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 3054, que autoriza al Ayto. del Distrito Nacional a vender un solar de su propiedad.
(G. O. Nº 9292, del 17 de Febrero de 1973.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3054
VISTA la certificación Nº 58 de fecha 24 de octubre de 1972, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en relación con lo resuelto por dicho organismo en la sesión ordinaria efectuada en fecha 27 de septiembre del citado año;
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