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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 304

QUE INTEGRA LA MISION QUE REPRESENTARA A LA REPUBLICA DOMINICANA ANTE EL XXI, PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 sept de 1966fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9003Gaceta Oficial del 1 ene de 1966
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 304, que integra la Misión que representará a la República Dominicana ante el XXI Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. (G. O. Nº 9003, del 10 de Septiembre de 1966.) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 304 VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—La Misión que representará a la República Dominicana ante el XXI Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que se iniciará el día 20 del presente mes de septiembre en la sede de dicha Organización, estará integrada de la siguiente manera; Dr. Gilberto Herrera Báez, Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador, Delegado Plenipotenciario, quien la presidirá; Dr. Horacio Julio Ornes Coiscou, Embajador, Delegado Plenipotenciario; Dr. Mario Read Vittini, Embajador, Delegado Plenipotenciario; Dr. Enriquillo del Rosario Ceballos Embajador, Delegado Plenipotenciario; Pbro. Dr. Oscar Robles Toledano, Embajador, Delegado Plenipotenciario; Dr. Fernando Amiama Tió, Embajador, Delegado Plenipotenciario; Sr. Conrado Licairac, Consejero, Secretario General de nuestra Misión Permanente ante las Naciones Unidas, Delegado Alterno; Sra. Quisqueya Damirón de Alba, Delegada Alterna. Art. 2.—La señora Mirtha Tavarez de Groosman, Agregada de nuestra Misión Permanente ante las Naciones Unidas, Actuará como Secretaria. Art. 3.—Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona