Texto de la norma
Decreto Nº 273, que aprueba nombramientos de miembros para integrar un Consejo de Guerra de 1ra. Instancia mixto y Ad-Hoc, del Ejército Nacional y la Policía Nacional.
(G. O Nº 9003, del 10 de Septiembre de 1966.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 273
VISTA la Ley Nº 3483, que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, de fecha 13 de febrero de 1953, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Nº 42, que crea los Consejos de Guerra de Primera Instancia del Ejército Nacional y el Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas, del 5 de noviembre de 1965, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Nº 285, que crea el Código de Justicia de la Policía Nacional, de fecha 29 de junio de 1966;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se aprueban los nombramientos de las personas que se indican a continuación, para integrar un Consejo de Guerra de Primera Instancia, mixto y Ad-Hoc, del Ejército Nacional y de la Policía Nacional, para conocer del caso de los rasos Felipe Agramonte y Agramonte, E N., Os-
car Félix Santana Alcántara, E. N., y Leonardo Cordero Morillo, P. N., presuntos autores del delito de heridas voluntarias en perjuicio de Ana Mercedes Torres y Pedro Villanueva:
a) Mayor Abogado Dr. Juan Bautista Santana Brito, E.N., Juez Presidente;
b) Mayor Dr. Eladio Lozada Grullón, P. N., Juez;
c) Capitán Abogado Dr. Andrés Guaroa Zaldívar Rojas, E. N., Juez;
d) Capitán Dr. Abraham López Peña, P. N., Fiscal;
e) Capitán Dr. Fabio C. Terrero Ramírez, P. N., Juez; y
f) Primer Teniente Abogado Dr. Temístocles Jiménez Moquete, E.N., Juez-Secretario.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 104° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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