Texto de la norma
Dec. No. 9001, que declara de utilidad pública e interés social un solar en el Municipio de Castillo.
G. O. No. 8741-Bis, del 25 de febrero de 1963
República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 9001
VISTA la Ley de Dominio Eminente No. 480 del 20 de mayo de 1920, y sus modificaciones, y la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de Expropiación, y sus modificaciones;
VISTO el artículo 8, inciso 9, de la Constitución de la República;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Ayuntamiento del Municipio de Castillo del inmueble que se describe a continuación, el cual es necesario para la prolongación de la calle "Pedro M. Gómez" de aquella población.
"Solar No. 4 del D. C. No. 1 del Municipio de Castillo, con los siguientes linderos: al Norte, calle Tenares; al Este un callejón que divide con hermanos Hernández; al Sur, propiedad municipal ocupada por José Rojas; y al Oeste Club "16 de Agosto, Inc".
Art. 2.- El presente decreto debe ser publicado en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional.
Art. 3.- Envíese al Secretario de Estado de Interior y Policía, Presidente ex-oficio del Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del mil novecientos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.