Dec. No. 8995, que concede jubilación del Estado a la señora Luisa Díaz Grullón.
G. O. No. 8746-Bis, del 24 de marzo de 1963
República Dominicana,
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8995
VISTA la Ley No. 5701, de fecha 8 de diciembre de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concede una pensión del Estado de setenticinco pesos oro (RD$75.00) mensuales, a la señora Luisa Díaz Grullón.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargao al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del mil novecientos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona