Texto de la norma
Decreto Nº 130, que autoriza al menor Francisco Rosario Pérez a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 8998, del 31 de Julio de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
CONSIDERANDO que en virtud de solicitud formulada
por su padre, señor Justiliano Rosario, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, domiciliado y residente en la calle Colón esquina a Restauración de la ciudad de Barahona, provincia del mismo nombre, el menor Francisco Rosario Pérez fué autorizado, en fecha 15 de octubre de 1965, a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Roosevelt Lunarco Rosario Pérez;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Procuraduria General de la República ha certificado, en fecha 25 de julio de 1966, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Justiliano Rosario, para que su hijo menor Francisco Rosario Pérez cambie su nombre por el de Roosevelt Lunarco Rosario Pérez;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dictó el siguiente
DECRETO:
NUMERO 130
Art. 1.—El menor Francisco Rosario Pérez queda autorizado a cambiar su nombre por el de Roosevelt Lunarco Rosario Pérez.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará, en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de julio de mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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