jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 63

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ENCARGADA DE ESTUDIAR LAS CONDICIONES ECONOMICAS Y SOCIALES DE LA REGION SUR DEL PAIS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 jul de 1966fecha
Designacióntipo
G. O. 8998Gaceta Oficial del 1 ene de 1966
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Bardolindo Pérez y RodríguezMiembro de un órgano—
Alberto Di MaggioMiembro de un órgano—
Fernando Hernández PérezMiembro de un órganopor los Diputados Augusto Félix Matos
Luis Manuel D'azMiembro de un órgano—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Art. 3.—El Dr. Tulio Pérez Martínez queda nombrado Procurador General de la Corte de Apelación de San Cristóbal. Art. 4.—El Dr. Jacobo A. Simón Miguel queda nombrado Procurador General de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís. Art. 5.—El Dr. J. Antonio Galán Carrasco queda nombrado Procurador General de la Corte de Apelación de Barahona. Art. 6.—El Dr. Mario Mariot Ero queda nombrado Procurador General de la Corte de Apelación de La Vega. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Decreto Nº 63. que crea e integra una Comisión encargada de estudiar las condiciones económicas y sociales de la región Sur del país. (G. O. Nº 8998, del 31 de Julio de 1966) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana CONSIDERANDO que el Gobierno está interesado en poner en marcha un plan que beneficie toda la región Sur del país, con el objeto de lograr en el más breve tiempo posible un desarrollo económico; CONSIDERANDO que el estudio de las condiciones socio-económicas de esa zona, así como el de los medios adecuados para mejorarlas, de acuerdo con las posibilidades financieras actuales del Gobierno, son medidas previas a la ejecución de ese plan, por lo cual es conveniente encomendar esa labor a funcionarios conocedores de los problemas que afectan la indicada región del territorio nacional; VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente DECRETO: NUMERO 63 Art. 1.—Se crea una comisión encargada de estudiar las condiciones económicas y sociales de la región Sur del país, con el fin de hacer al Poder Ejecutivo las recomendaciones de lugar para mejorar su actual situación, de acuerdo con las posibilidades financieras del Gobierno. Art. 2.—Dicha comisión estará integrada por el Ministro de Agricultura, el Administrador General del Banco Agrícola de la República Dominicana, por los Senadores Dr. Jacinto Pérez Acosta, Bardolindo Pérez y Rodríguez, Alberto Di Maggio y Fernando Hernández Pérez y por los Diputados Augusto Félix Matos y Luis Manuel D'az. Art. 3.—La referida comisión deberá rendir al Poder Ejecutivo el informe correspondiente a sus actuaciones, en un término no mayor de diez días, a partir de la fecha del presente decreto. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de julio de mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 103° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona