Texto de la norma
Decreto No. 1414, que declara duelo oficial con motivo del fallecimiento del Lic. Rafael F. Bonnelly.
(G. O. No. 9519, del 31 de diciembre de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1414
CONSIDERÑADO que el fallecimiento del Lic. Rafael F. Bonnelly, ex-Presidente de la República y del Consejo de Estado ha producido en todo el pueblo dominicano profundos sentimientos de pesar, en reconocimiento a sus distinguidos servicios y dedicación al bienestar del país;
CONSIDERANDO que el Gobierno Dominicano con motivo de tan irreparable pérdida ha querido rendir tributo de respeto a tan distinguido jurista y hombre público, uniéndose a los sentimientos de todo el pueblo dominicano;
VISTA la Ley 108, de fecha 21 de marzo de 1967;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se declaran de Duelo Oficial con motivo del fallecimiento del Lic. Rafael F. Bonnelly, ex-Presidente de la República y del Consejo de Estado, los días 29, 30 y 31 de diciembre del año 1979. En consecuencia, la Bandera Nacional deberá ondear a media asta, durante los días señalados, en todos los recintos militares y edificios públicos del país.
Art. 2.- Las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas y de Interior y Policía y la Procuraduría General de la República, quedan encargadas de la ejecución del presente Decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y nueve, años 1360 de la Independencia y 1170 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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