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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1353

QUE JUBILA CON SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 jun de 1966fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 8989Gaceta Oficial del 1 ene de 1966
Poder Ejecutivoórgano
5personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Isidro Medina RodríguezPensión—RD$400.00
Amable Lugo SantosPensión—RD$350.00
Rafael María JiménezPensión—RD$200.00
Pedro María FernándezPensión—RD$115.00
Andrés AcevedoPensión—RD$110.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1353, que jubila con sendas pensiones del Estado a varios servidores de la Administración Pública. (G. O. Nº 8989, del 11 de Junio de 1966) HECTOR GARCIA GODOY Presidente Provisional de la República Dominicana NUMERO 1353 VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente DECRETO : Art. 1.- Concedo el beneficio de la jubilación y le asigno sendas pensiones del Estado a las siguientes personas: a) Al señor Isidro Medina Rodríguez, una pensión del Estado de cuatrocientos pesos oro (RD$400.00) mensuales; b) Al Doctor Amable Lugo Santos, una pensión del Estado de trescientos cincuenta pesos oro (RD$350.00) mensuales; c) Al Doctor Rafael María Jiménez, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; d) Al señor Pedro María Fernández, una pensión del Estado de ciento quince pesos oro (RD$115.00) mensuales; y e) Al señor Andrés Acevedo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de junio del mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración. HECTOR GARCIA GODOY

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona