Texto de la norma
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se reconoce el derecho del señor Miguel A. Dájer Scheker sobre 700 acciones que posee en la Industria Nacional del Vidrio, C. por A., amparadas por los Certificados Nos 31 y 41 de fecha 7 de abril de 1959, y en consecuencia, se autoriza a la Corporación de Fomento Industrial de la República Dominicana a devolver las mencionadas acciones a su propietario señor Miguel A. Dájer Scheker.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de mayo del mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
Decreto Nº 1344. que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Baní a vender un solar de su propiedad.
(G. O. Nº 8988, del 4 de Junio de 1966)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
VISTA la solicitud formulada por el Ayuntamiento del Municipio de Baní mediante su comunicación Nº 347, de fecha 6 de mayo de 1966;
En virtud de las disposiciones del artículo 3 de la Ley Nº 4381 de fecha 16 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO
NUMERO 1344
ARTICULO UNICO.—Autorizo al Ayuntamiento del Municipio de Baní a vender un solar de su propiedad marcado con
el Nº 2, de la Porción “A” del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, ubicado en la calle “Máximo Gómez”, de la mencionada localidad, con una extensión superficial de 664.29 metros cuadrados, por el precio de RD$830.36, en favor del señor Dr. Luis Armando Cruz Peña.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de mayo del mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
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