Decreto N° 1296, que concede la incorporación a la Asociación Orientación para la Joven, con su domicilio en Santo Domingo.
G. O. N° 8988, del 4 de Junio de 1966.
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
NUMERO 1296
VISTA la Ley N° 520 sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concedo el beneficio de la incorporación a la Asociación ORIENTACION PARA LA JOVEN, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea Estatutaria celebrada en fecha 16 de mayo de 1966. Dicha incorporación será efectiva
tan pronto como la indicada asociación efectúe el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la citada ley.
Art. 2.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 103° de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona