Texto de la norma
Decreto Nº 42, que concede jubilación del Estado al señor Emilio Ureña Ureña.
(G. O. Nº 8997, del 16 de Julio de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
NUMERO 42
Art. 1.—Concedo el beneficio de la jubilación y le asigno una pensión del Estado de treintiseis pesos (RD$36.00) oro mensuales, al señor Emilio Ureña Ureña.
Art. 2.—Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 103° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decret. N° 43, que aprueba el nombramiento del Capitán Abogado Dr. César A. Medina, E.N.. como Juez del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas.
(G. O. Nº 8997, del 16 de Julio de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
VISTA la Ley Nº 3483 que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, de fecha 13 de febrero de 1953, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Nº 42, que crea los Consejos de Guerra de Primera Instancia del Ejército Nacional y el Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas, del 5 de noviembre de 1965, y sus modificaciones;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicta el siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.