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Texto
Texto de la norma
Dec. No. 8850, que otorga el exequátur de Abogado al Dr. Luis Antonio Pichardo Cabral.
G. O. No. 8717, del 5 de diciembre de 1962
REPUBLICA DOMINICANA
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8850
VISTA la Ley sobre Organizacion Judicial No. 821, del 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Otorga exequátur al Dr. Luis Antonio Pichardo Cabral, para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Abogado, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de noviembre del mil novecientos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona