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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8799

QUE DISPONE TRANSITORIAMENTE EL ADELANTO DE UNA HORA, EN LA HORA OFICIAL DE LA REPUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 nov de 1962fecha
Otrostipo
G. O. 8710Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Consejo de Estadoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 8799, que dispone transitoriamente el adelanto de una hora, en la hora oficial de la República. G. O. No. 8710, del 14 de noviembre de 1962 República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO 8799 CONSIDERANDO que conviene al interés general adelantar temporalmente la hora que rige en la República Dominicana según Decreto No.456, de fecha 26 de noviembre de 1942, para permitir que las actividades del pais se adapten mejor a1 tiempo favorecido con la luz solar; En ejercicio de las atribuciones que le confieren 10s articulos 55 y 117 (transitorio) de la Constitucion de la Republica, dicta el siguiente D E C R E T O : Art. 1.- A partir del dia 9 de noviembre de 1962, hasta el 29 de enero de 1963, ambos inclusive, la hora oficial que regira en todo el pais sera la fijada por el Decreto No.456, de fecha 26 de noviembre de 1942, mas una hora de adelanto. El dia 30 de enero de 1963 entrara de nuevo en vigor la hora solar media del meridian0 750. a1 Oeste de Greenwich, adoptada oficialmente segun recomendaciones hechas en la Conferencia Intemacional de la Hora, celebrada en Paris en el afio 1912. En consecuencia, todos 10s relojes publicos o privados, serAn adelantados una hora a las doce de la noche del dia 8 de no- viembre de 1962, y atrasados una hora a la primera hora (1 a.m.) del dia 30 de enero de 1963. Art. 2.- El Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas y el de Obras Publicas y Comunicaciones velaran por el cumpli- miento del presente Decreto. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Rep~blica Dominicana, a 10s siete dias del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos, aiios 1190. de la Indepen- dencia y 1000. de la Restauracih. POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la Repdblica y del Consejo de Estado.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona