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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8789

QUE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE YAMASA A VENDER DOS SOLARES DE SU PROPIEDAD

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 may de 1962fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 8727Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Consejo de Estadoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 8789, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Yamasá a vender dos solares de su propiedad. G. O. No. 8727-Bis, del 7 de enero de 1963 REPUBLICA DOMINICANA EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO: 8789 VISTA la comunicacion No. 223, de fecha 26 de junio de 1962, suscrita por el Presidente del Ayuntamiento del Municipio de Yamasá . En virtud de las disposiciones del artículo 3 de la Ley No. 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y de la Ley No. 5577, del 14 de julio de 1961; En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55, inciso 25, y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.— Autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Yamasá a vender a plazo sendos solares de su propiedad, a las señoras Andrea Josefina Acevedo de Espaillat y Concilia de la Cruz, conforme al detalle siguiente: a) A Andrea Josefina Acevedo de Espaillat, el solar “A” del Distrito Catastral No. 1 del Municipio de Yamasá, con una extensión de 185.29 metros cuadrados, por la suma de RD$185.29, pagando de este valor RD$50.00 al formalizarse el contrato de venta y RD$67.50 y RD$67.79 el 31 de marzo de los años 1963 y 1964, respectivamente. b) A Concilia de la Cruz, el solar No. 1 de la Manzana No. 13 del Dsitrito Catastral No. 1 del Municipio de Yamasá, con una superficie de 298.58 metros cuadrados, por la suma de RD$477.87, pagando de este valor RD$100.00 al formalizarse el contrato y la suma restante en el curso de los años 1963 y 1970. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 5 días del mes de noviembre del mil novecientos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración. POR EL CONSEJO SE ESTADO RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Cosnejo de Estado.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona