Texto de la norma
Dec. No. 8775, que autoriza al señor Cristian Feliz a cambiar su nombre por el de Cristian Lied Feliz.
G. O. No. 8709, del 10 de noviembre de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8775
CONSIDENRADO que en fecha 1ro. de agosto de 1962, el señor Cristian Feliz, dominicano, mayor de edad, casado, mecánico, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en la casa No. 30 de la calle Juana Saltitopa de esta ciudad, fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Cristian Lied Feliz;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que en fecha 24 de octubre de 1962, el Secretario de Estado de Justicia ha comunicado al Poder Ejecutivo que no se ha producido ninguna oposición al deseo del señor Cristian Féliz, en el sentido ya expresado;
VISTOS los artículos Nos. 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El señor Cristian Féliz queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cristian Lied Féliz.
Art. 2.— El presente Decreto, se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de amplia circulación en el territorio nacional.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de octubre del mil novecientos sesenta ydos; años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado
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