Texto de la norma
Decreto Nº 4096, que aprueba la Resolución Nº 141-73-C, del Directorio de Desarrollo Industrial.
(G. O. Nº 9822, del 14 de Diciembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4096
CONSIDERANDO que la empresa ROMANA ATHLETIC
+
INDUSTRIES, S. A., obtuvo del Directorio de Desarrollo In-
dustrial la clasiiicacion en ia CaLegda “A”, a fin de acogerse
a 10s benefic-os de la Ley NQ 299 de Incentivo y Protecci6n
Inausmal de iecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO que para dictar su Resolucih el Di.
rectorio de Decarrollo InduLtrial comprob6 que la firma so-
licitante reunia las concuciones exigidas y u la Ley NQ 299 del
23 do abril de 1968;
VISTO el Articulo 38 de la Ley NQ 299 del 23 de abril de
1968;
En ejerciclo de las atribuciones que me confiere el articulo
56 de la Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1 . 4 e aprueba la Resoluci6n NQ 141-73-C del Direc-
torio de Desarrolro Industrial de fecha 21 de septiembre de
1973, que copiada textualrnente dice mi:
“RESOLUCION N9 141-73-C
r
CONSIDERANDO : Que la empresa ROMANA ATHLETIC
INDUSTRIES, S. A., presevt6 a1 Departamento Tecnico In-
dustrial una solicitud regitracla en ferha 28 de agosto de 1Y73
con e1 N9 43-73, para ser clasificada en la Categoria “A” y
zcogerse a 10s beneficios de la Ley, NQ 299 de fecha 23 de
abril de 1968, de Incentivo y Proteccih Industrial.
CONSIDERANDO : Que la referida empresa producira
pala de calzado atlktico (parte superior del calzado), que deu-
tinar6 a la exportaci6n.
VISTO: El informe favorable rendido por el Departa-
mento TBcnlco Industrial, del cual se transcriber, 10s siyuientes
puntos :
Inversión total: RD$50,000.00
Localización: Zona Franca Industrial de La Romana
Tipo de proyecto: Nuevo
Empleos a crear: 53
Solvencia moral y económica: Satisfactoria.
VISTOS: Los Artículos 7, 11, 12, 17, 24, 25, 36, 37, 38 y 40 de la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968.
En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley,
R E S U E L V E :
PRIMERO: Clasificar a la empresa ROMANA ATHLETIC INDUSTRIES, S. A., en la Categoría "A".
SEGUNDO: Concederle exoneración por el término de 20 años en proporción de un 100%, de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno, que incidan sobre los siguientes artículos:
Cantidades anuales — Nombre de los artículos
2,000.000 Pies — cuero de pala
60,000 Yds. — pala de vinyl
40,000 Yds. — pala de nylon
50,000 Yds. — revestimiento de vinyl
200,000 Pies — revestimiento de cuero
100,000 Lbs. — piezas de revestimiento
75 Gls. — atesador de cuero
50,000 Yds. — forros de paño
25,000 Yds. — cartón cuero
8,000 Yds. — termo revestido (flocked)
4,500 Yds. material de puntera
150,000 Yds. listone de espuma
3,750 Lbs. de hilo
3,440 Grs. hilo-bobina
400 Lbs. cordón de trenzar
2,400 Lbs. cordón de horma
25,200 Millares ojales
240 Millares ganchos
6,600 Millares de yardas de materiales de separación
12,500 Juegos planchuelas laterales de compostura
8,000 Juegos Impresor térmico de puntera
300,000 Juegos Rótulos
100 Juegos Cintas Marcadoras
5,000 Juegos Agujas
20 Gls. Tinta de Marcar
150 Piezas Troqueles para Corte (Cuttin Dies)
TERCERO: Se concede además a la impetrante todos los beneficios acordados por la Ley Nº 299 a las empresas clasificadas en la Categoría “A”.
CUARTO: Depositar en el Banco Central de la República Dominicana, las divisas correspondientes a todos los gastos de organización y constitución en que incurra la empresa dentro del país, así como los costos nacionales de sus operaciones normales.
QUINTO: Sujetar esta concesión al cumplimiento por parte de esta empresa de las condiciones y obligaciones exigidas por las leyes del país.
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DADA en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
a 10s veintiun (21) dias del m a de oeptiembre del afio mil
novecientos setenta y tres (1973), aiioe 1309 de la Indepen-
dencia y 1119 de la Restauracidn. JOSE A. BREA PERA, Se-
cretar'o de Estado de Industria y Cornercio. Presidente del
Directorio de Detarrollo Industrial.
YO, LIC. RAFAEL ANGELES SUAREZ, Secretario Eje-
cutivo del Departamento TPcnico Industrial, CERTTFICO : Que
esta decisih fu6 tomada por lcs Miembros del Directorio de
Desarrollo Industrial en sesicin celebrada el dia 21 de septiem-
bre de 1973, en el Ikspacho del Secretario c'e Estado de Indus-
tria y Comercio, de la cual reposa acta en 10s archivcs dcl De-
partamento Tkcn'co Industrial. LIC RAFAEL ANGELES SUA-
REZ, Secretario Ejecutivo del Departamento Tkcnico Indus-
trial".
Art. 2.-Enviese
a las Secretarias de Estado de Finanzas
y de Industria y Comercio, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de G u z m h , Distrito Nacional,
Capital de la Rep6bIica Dominicana, a Ius trece dias del rnes
mes de noviembre del afio mil novecientoa setenta y tres, aiios
1309 de la Indepeiidencia y 1119 de la Restauracibn.
Decreto NO 4097, y w nombra a1 Sr. Jo.6 Bienvenido Tavarez, Gober-
nador Civil. inl-erino de la Provircia Duarte.
(G. 0, N9 9322, del 14 de Diciembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUEX
Prezidente de la RepGblica Dominicana
NUlLTERO 4097
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55 de la Constitucih de la Repfiblica, dicto el siguientc:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.