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Decreto

Decreto 4071

QUE DISPONE QUE EL LIC. JOSE A. AYBAR CASTELLANOS DEBERA INFORMAR DIRECTAMENTE AL PODER EJECUTIVO DEL PROCESO DE LA INSTALACION DE LA FABRICA DE CEMENTO QUE SE ERIGIRA EN LA PROVINCIA DE BARAHONA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 nov de 1973fecha
Otrostipo
G. O. 9322Gaceta Oficial del 1 ene de 1973
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4071, que dispone que el Lic. José A. Aybar Castellanos deberá informar directamente al Poder Ejecutivo del proceso de la instalación de la fábrica de cemento que se erigirá en la Provincia de Barahona. (G. O. Nº 9322, del 14 de Diciembre de 1973) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4071 CONSIDERANDO que el Gobierno Nacional, en su condición de accionista mayoritario de la "Cementos Barahona, C. por A.", que se propone instalar una fábrica de cemento en la Provincia de Barahona, para de ese modo contribuir a resolver el déficit de ese producto en la República, debe dictar cuantas medidas juzgue necesarias para acelerar el proceso de erección de dicha planta; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El Licenciado José Andrés Aybar Castellanos, designado Presidente del Consejo de Administración de la "Cementos Barahona, C. por A.", deberá informar directamente al Poder Ejecutivo, de la marcha del proceso de instalación de la fábrica de cemento que dicha Compañía se propone erigir en la Provincia de Barahona, hasta su definitiva terminación. Art. 2.—El Consejo de Administración de la "Cementos Barahona, C. por A.", dará término a los estudios geológicos, selección de equipos y concertaciones financieras que permitan el inicio de las obras del referido proyecto, a la mayor brevedad posible. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el diario "El Caribe", de Santo Domingo, en su edición del 13 de Noviembre del año 1973.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona