Texto de la norma
Decreto N° 4008, que autoriza al Sr. Elpidio F. A. Mañón Mota a hacer cambios en su nombre.
(G. O. N° 9320, del 23 de Noviembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4008
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Elpidio Federico Augusto Mañón Mota, dominicano, mayor de edad, soltero, estudiante, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], debidamente renovada, fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Federico Augusto Mañón Mota;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 2 de octubre de 1973, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Elpidio Federico Augusto Mañón Mota, para que pueda cambiar su nombre por el de Federico Augusto Mañón Mota;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Elpidio Federico Augusto Mañón Mota, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Federico Augusto Mañón Mota.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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