Texto de la norma
Decreto Nº 3978, que fija el precio a que deberán ser vendidos los plátanos provenientes de los Proyectos de Ansonia y de Vicente Noble.
(G. O. Nº 9319, del 16 de Noviembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3978
CONSIDERANDO que el Gobierno Nacional debe tomar cuantas providencias estime necesarias para combatir el alza injustificada en los precios de los artículos de primera necesidad, muy especialmente de aquellos que forman parte de la dieta diaria de las clases más humildes del país;
CONSIDERANDO que los Proyectos Agrarios de Ansonia y de Vicente Noble producen plátanos de primera calidad que pueden ser ofrecidos a los consumidores, a través de los organismos oficiales encargados de la estabilización de precios, muy especialmente a los de escasos recursos, de manera que puedan ser adquiridos a precios razonables, y sin que, por otra parte, se produzca un desequilibrio trastornador en el mercado nacional;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Los plátanos provenientes de los Proyectos de Ansonia y de Vicente Noble, del Instituto Agrario Dominicano, deberán ser vendidos a RD$0.02 la unidad al Instituto de Estabilización de Precios, y éste, a su vez, los venderá directamente a los consumidores a RD$0.03 la unidad en la zona rural y a RD$0.04 la unidad en los centros urbanos.
Art. 2.—El producto de la venta de estos plátanos, se destinará exclusivamente a los parceleros asentados en los referidos Proyectos Agrarios;
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el "Listín Diario", de Santo Domingo, el día 10 de Octubre del año 1973.
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