Texto de la norma
Decreto Nº 3970, que concede incorporación al Sindicato de Choferes de Constanza.
(G. O. Nº 9319, del 16 de Noviembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3970
VISTA la Ley Nº 520, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede el beneficio de la incorporación al Sindicato de Choferes de Constanza (SINCRODE), con domicilio en [domicilio omitido]. Dicha incorporaci6n sera efectiva
tan pronto como el i,ndicado Sindicato efectGe el dep6sito y la
publicaci6n a que se refiere el articulo 4 de la citada Ley
NO 520.
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Art. 2.--Enviese
a la Procuraduria General de la Rep6bli.
ca, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Repiiblica Dominicana, a 10s nucve dias del mes
\de octubre del aiio mil novecientos seknta y tres, alios 1300
de la 1,ndependencia y lllQ de la Restauraci6n.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Ne 3971, que concede incorporaci6n a la AsociacMn de Parcw
leros Ganaderos del Asentamiento La Estrella.
(G. 0. No 9319, del 16 de Noviembre’ de 1973)
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JOAQUIN BALAGUER
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Presidente de la Repdblica Domhicana
J
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