Dec. No. 867, que integra una Comisión que tendrá a su cargo la realización de un estudio pormenorizado sobre la edificación de un nuevo Hipódromo.
(G. O. No. 9501, del 15 de mayo de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 867
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se integra una Comisión compuesta por el Síndico del Distrito Nacional, quien la presidirá; el Presidente de la Comisión Hípica Nacional y por el señor Rubén Brea, la cual tendrá a su cargo la realización de un estudio pormenorizado sobre las posibilidades de edificación de un nuevo recinto para las carreras de caballos y el destino que se daría a las actuales instalaciones del Hipódromo Perla Antillana.
Art. 2.- Dicha Comisión deberá rendir al Poder Ejecutivo un informe sobre el resultado de su gestión al respecto, incluyendo en el mismo las correspondientes recomendaciones.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y nueve; años 136o de la Independencia y 116o de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona