Dec. No. 841, que suspende la importación de varios productos.
(G. O. No. 9500, del 30 de abril de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 841
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se suspende la importación de los siguientes productos:
- Pantalones de toda clase;
- Ropa para niñas y niños;
- Muebles de cualquier clase (excepto los quirúrgicos comprendidos en la partida 94.02 del arancel de aduanas);
- Somieres (bastidores), colchones y colchonetas;
- Tarjetas de papel impresos o no, para cualquier uso obtenidas por cualquier procedimiento;
- Calendarios de todas clases. incluídos sus tacos o bloques;
- Toallas sanitarias (paños higénicos);
Fuentes frigoríficas distribuidoras de agua;
Art. 2.- Quedan exceptuados de la restricción anterior los productos destinados a los diplomáticos acreditados en el país, siempre y cuando sea a base de reciprocidad, conforme al principio consagrado en la Ley No. 97, del 29 de diciembre de 1965, y a los representantes técnicos extranjeros que gocen de esas exenciones en virtud de convenios especiales.
Art. 3.- Quedan también exceptuados de las disposiciones del presente Decreto los productos que se encuentren a bordo de las embarcaciones transportadoras al momento de la entrada en vigor del presente Decreto.
Art. 4.- La Dirección General de Aduanas adoptará las medidas de lugar para el estricto cumplimiento del presente Decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de abril del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1160 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona