Texto de la norma
Dec. No. 838, que autoriza al Club Deportivo Cultural "Ramón Martínez", de Mao a recabar la suma de RD$0.25 por cada vehículo que transite por el puente "San Rafael", el día 29 de abril de 1979.
(G. O. No. 9500, del 30 de abril de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 838
CONSIDERANDO que el Club Deportivo Cultural "Ramón Martínez", de Mao, ha solicitado al Gobierno Nacional que se le permita recabar una contribución por cada vehículo que transite por el puente "San Rafael", el domingo 29 del mes de abril en curso, desde las 7 a.m. hasta las 5 p.m., con el propósito de adquirir fondos para la construcción de su local;
CONSIDERANDO que el pueblo dominicano siempre ha estado dispuesto a contribuir con su aportación económica a las obras realizadas en beneficio de las instituciones culturales y deportivas;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza al Club Deportivo Cultural "Ramón Martínez", de Mao, a recabar la suma de RD$0.25 (VEINTICINCO CENTAVOS), por cada vehículo que transite por el puente "San Rafael", de la referida localidad, durante el día 29 de abril en curso desde las 7 a.m. hasta las 5 p.m.
Art. 2.- El producto obtenido por dicha colecta será utilizado por el mencionado Club para la construcción de su local.
Art. 3.- Las personas encargadas de realizar la colecta estarán provistos de distintivos que las acrediten como tales, y deberán expedir un recibo por cada contribución realizada de conformidad con este Decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiun (21) días del mes de abril del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independenia y 1160 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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