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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 838

QUE AUTORIZA AL CLUB DEPORTIVO CULTURAL "RAMON MARTINEZ", DE MAO A RECABAR LA SEMA DE RD$0.25 POR CADA VEHICULO QUE TRANSITE POR EL PUENTE "SAN RAFAEL", EL DIA 29 DE ABRIL DE 1979

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 abr de 1979fecha
Otrostipo
G. O. 9500Gaceta Oficial del 1 ene de 1979
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 838, que autoriza al Club Deportivo Cultural "Ramón Martínez", de Mao a recabar la suma de RD$0.25 por cada vehículo que transite por el puente "San Rafael", el día 29 de abril de 1979. (G. O. No. 9500, del 30 de abril de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 838 CONSIDERANDO que el Club Deportivo Cultural "Ramón Martínez", de Mao, ha solicitado al Gobierno Nacional que se le permita recabar una contribución por cada vehículo que transite por el puente "San Rafael", el domingo 29 del mes de abril en curso, desde las 7 a.m. hasta las 5 p.m., con el propósito de adquirir fondos para la construcción de su local; CONSIDERANDO que el pueblo dominicano siempre ha estado dispuesto a contribuir con su aportación económica a las obras realizadas en beneficio de las instituciones culturales y deportivas; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se autoriza al Club Deportivo Cultural "Ramón Martínez", de Mao, a recabar la suma de RD$0.25 (VEINTICINCO CENTAVOS), por cada vehículo que transite por el puente "San Rafael", de la referida localidad, durante el día 29 de abril en curso desde las 7 a.m. hasta las 5 p.m. Art. 2.- El producto obtenido por dicha colecta será utilizado por el mencionado Club para la construcción de su local. Art. 3.- Las personas encargadas de realizar la colecta estarán provistos de distintivos que las acrediten como tales, y deberán expedir un recibo por cada contribución realizada de conformidad con este Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiun (21) días del mes de abril del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independenia y 1160 de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona