Texto de la norma
Dec. No. 1293, que crea un Comité Coordinador para el Proyecto de Rehabilitación y Extensión del Sistema de Irrigación de los Canales Marcos A. Cabral y Nizao-Najayo Provincia de San Cristóbal.
(G. O. No. 9514, del 15 de noviembre de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 1293
CONSIDERANDO que la Presa de Valdesia fue proyectada como una obra hidráulica de aprovechamiento múltiple para la
generacibn de energfa electrica .y riego y que el proyecto de
imgacibn de su Area de influencia es la complementacibn de tan
importante obra;
CONSIDERANDO que este proyecto ha sido concebido inte-
gralmente con un plan de desarrollo agrfcola y con 10s progra-
mas de asentamientos campesinos del Instituto Agrario Domini-
cano, con el objeto de elevar significativamente 1 ~ s
niveles de
productividad en las Areas actualmente irrigadas, de implantar
patrones intensivos de cultivos en toda la zona beneficiada y de
distribuir equitativamente la riqueza generada con la construc-
cibn de las obras, a fin de alcanzar las metas de producci6n y 10s
objetivos socio-econbmicos del proyecto;
CONSIDERANDO que la ejecuci6n del proyecto tal y como
ha sido concebido, requiere una estrecha coordinaci6n entre 10s
distintos organismos y dependencias gubernamentales partici-
pantes;
b
VISTO el Articulo 111, SoiciCn 3.02, inciso a) del Convenio
de CrCdito para el Financiamiento del Proyecto de Rehabilita-
ci6n y Extensibn del Sistema de Irrigacibn de 10s Canales Marcos
A. Cabral y el Nizao-Najayo, aprobado mediante Resolucidn
del Congreso Nacionai No. 51, del 6 de septiembre de 1979;
En ejercicio de las atribuciones que me connere el Articulo 55
de la Constituci6n de la RepBblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se crea un Comite Coordinador Regional para el
Proyecto de Rehabilitaci6n y Extensibn del Sisterna de Iregacibn
de 10s Canales Marcos A. Cabral y el Nizao-Najayo, Provincia
de San Cristbbal.
Art. 2.- El ComitC Coordinador Regional tendril las siguien-
tes atribuciones:
e
a) La supervisibn de la ejecucibn del Proyecto;
11001
b) La evaluacih de 10s resultados del Proyecto; y
c) La preparaci6n a su debido tiempo de 10s programas anua-
les de desarrollo para el $rea del Proyecto.
Art. 3.- El ComitC Coordinador Regional estarh integrado por
10s siguientes miembros:
a) El Encargado del Distrito de Riego Ozama-Nizao del
(INDRHI) ;
b) Un representante de la Secretarfa de Estado de Agricultu-
ra;
c) Un representante del Iiistituto Agrario Dominican0 (IAD):
d) Un representante del Banco Agricola de ia Repdblica
Dominicana;
e) Un representante de la Corporaci6n Dominicana de Elec-
tricidad ;
f) Un representante del Fondo Especial para el Desarrollo
Agropecuario (FEDA);
g) Un representante del Sector Privado, elegido por 10s usua-
rios del riego en la zona del Proyecto; y
h) El Director del Proyecto, quien actuari como Secretario
del ComitC, con voz per0 sin voto en las deliberaciones de
este.
PARRAFO I: Los miembors del Comite elegiran cada dos
(2) &os, al Presidente y Vicepresidente del mismo.
PARRAFO 11: El ComitC Coorciinador Regional del Proyec-
to, deberzi reunirse ordinariamente por lo menos m a vez a1 mes.
DADO en Santo Doming0 de Guzmbn, Distrito Nacional,
Capital de la Rept3blica Dominicana, a 10s dos (2) dias del mes
de noviembre del aiio mil novecientos setenta y nueve; aiios
1360 de la Independencia y 1 170 de la Restauracibn.
ANTONIO GUZMAN
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