miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1221

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS GRADUADOS UNIVERSITARIOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 oct de 1979fecha
Exequáturtipo
G. O. 9512Gaceta Oficial del 1 ene de 1979
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1221, que otorga exequátur a varios graduados universitarios. (G. O. No. 9512, del 15 de octubre de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1221 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967; VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el p h a f o del articulo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantia profesional de 10s ingenieros, arquitectos y agrimensores; VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores fiblicos Autoriza- dos, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones; VISTA la Ley del Notariado No. 30 1 , de fecha 18 de junio de 1964; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constituci6n de la RepGblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.- Se otorga exequatur a las personas seiialadas a conti- t nuaci611, para que puedan ejercer en todo el territorio de la Repitblica, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes; MEDICO: Jacinta Elena Pineda Feliz, Pablo Holguin Hidalgo, Divina Maria del Rosario Alba HernAndez, Oneida Mercedes Garcia Javier, Ram6n Emilio Lucian0 Mejia, Alba Luz Angler6, Maria Dolores Sinchez Perez, Nelson August0 Cuello Rotellini, Edel- mira Carrasco FCliz y Eugenio E. Oliver0 Yermenos Espaillat. TECNOLOGO MEDICO: ' Nelis Margarita Melo Sanchez, Elsa Maria Carpio Ceballos, Maria Hildalisa HernAndez Aquino, Emilia Fernanda Rodriguez Gbmez, Eunice del Coraz6n de Jesfis Lembert Reyes, Simona Astacio MCndez, Lidia Josefina Bonilla Peiia, Ana Grecia Cedefio Buduan, Oscar Enrique Low Morales, Lourdes Margarita Upia Bonet, Gregorio Benedicto Visquez Sinchez y Caridad Isabel Martinez Gaiiin. ODONTOLOGO : Mercedes Altagracia Osorio Vargas y Selvia Angiola Linares Medina. DOCTOR EN CIRUGIA DENTAL: Maria Altagracia de 10s Angeles Espinal Acosta, Vilma Nerea Deschamps Nbiiez, Evelyn Marina Cabrera Hernandez y Vanessa Enid Santiago Lopetegui. ABOGADO: Gustavo Alfredo Biaggi Pumarol, Alfredo Andres Regalado Lamarche, Felipe Guerrero Cedefio y Jose Eduardo Frias Viis- quez. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO: Juan Bautista Antonio Rojas Urefia, Elva Ernestina Matos Matos, Carlos Reynaldo Castillo Polanco, Antonia Providencia del Carmen de la Rosa Vital y Flor Maria Diaz Davis. INGENIERO AGRONOMO: Rafael E. Fajardo King. NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL: Rambn Hidalgo Aquino, Manuel Rambn Sosa Pichardo, Luz Maria Adames Liranzo, Gabriel Antonio Estrella Martinez y Rafael D'Oleo Montero. PARRAFO: Los Notarios Pcblicos ejercerrln las funciones propias de su profesibn, dnicamente dentro de la jurisdiccih correspondiente al lugar especifico en que se les ha expedido el nombramiento. Art. 2,- Enviese a las Secretarias de Estado de Salud Hblica y Asistencia Sgcial, de Educaci6n; LPellas Arks y Cultos y de Finanzas, a la Procuraduria General de la Reptiblica y al Colegio Dominican0 de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Doming0 de GuzmAn, Distrito Nacional, Capital de la Repablica Dominicana, a 10s ocho (8) dias del mes de octubre del ai30 mil novecientos setenta y nueve; aiios 1360 de la Independencia y 1 170 de la Restauracih. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona