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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1142

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION PARA LA APLICACION DE LA TRAMITACION Y RAPIDA SOLUCION DE LOS PROBLEMAS PLANTEADOS AL GOBIERNO NACIONAL POR LAS DIFERENTES INSTITUCIONES ECONOMICAS Y SOCIALES DEL PAIS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 sept de 1979fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9510Gaceta Oficial del 1 ene de 1979
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1142, que crea e integra una Comisión para la aplicación de la tramitación y rápida solución de los problemas planteados al Gobierno Nacional por las diferentes instituciones económicas y sociales del país. (G. O. No. 9510, del 15 de septiembre de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1142 CONSIDERANDO que el paso del Huracán David ha ocasionado daños de consideración, que han afectado, entre otras cosas a diferentes instituciones económicas y sociales del país. CONSIDERANDO que la recuperación de la Nación exigirá de esas instituciones esfuerzos extraordinarios para el restablecimiento de la normalidad en el desarrollo de sus actividades, por lo que el Gobierno debe crear los mecanismos para responder con agilidad a sus requerimientos evitando así los trámites burocráticos que, aunque justificados en situaciones normales, podrían ser obstáculos para enfrentar en forma adecuada las emergencias provocadas por la situación que vive el país, haciéndose necesario que las solicitudes urgentes de las diferentes instituciones del país, sean atendidas con la debida prontitud, a fin de facilitar las labores o actividades que tiendan a lograr la recuperación económica de la Nación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se crea una Comisión para la agilización de la tramitación y rápida solución de los problemas que sean planteados al Gobierno Nacional por las diferentes instituciones económicas y sociales del país, producidos como consecuencia del paso por nuestro país del Huracán David. Art. 2.— Dicha Comisión estará integrada por el Secretario de Estado de Industria y Comercio, quien la presidirá; el Secretario Técnico de la Presidencia; el Secretario de Estado de Finanzas; el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana; el Consultor Económico del Poder Ejecutivo, quien actuará como Secretario Ejecutivo de dicha Comisión y el Director General de Aduanas. Art. 3.— Las solicitudes especiales de agilización que formulen los representantes del sector privado, deberán ser canalizadas a través del Consultor Económico del Poder Ejecutivo, quien deberá someterlas a la consideración de la Comisión a la mayor brevedad, para fines de decisión. Art. 4.— Todos los organismos del Estado deberán prestar su decidida colaboración a la Comisión creada en virtud del presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1170 de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona