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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8666

QUE AUTORIZA AL SEÑOR PAULINO GOMEZ PEREZ A CAMBIAR SU NOMBRE POR EL DE PABLO GOMEZ PEREZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 sept de 1962fecha
Otrostipo
G. O. 8697Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Consejo de Estadoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 8666, que autoriza al señor Paulino Gómez Pérez a cambiar su nombre por el de Pablo Gómez Pérez. G. O. No. 8697, del 29 de septiembre de 1962 República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO: 8666 CONSIDERANDO que en fecha 1ro. de noviembre de 1961, el señor Paulino Gómez Pérez, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la cédula de identificación personal [omitida] debidamente renovado para el presente año, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, calle San Francisco de Macoris No. 14, bajos, fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre de Paulino Gómez Pérez por el de Pablo Gómez Pérez; CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumpldio todas las formalidades de publicidad requeridas por la Ley; CONSIDERANDO que en fecha 21 de septiembre de 1962, el Secretario de Estado de Justicia ha comunicado al Poder Ejecutivo que no se ha producido ninguna oposición al deseo del señor Paulino Gómez Pérez, en el sentido ya expresado. VISTOS los artículos 81, 82, y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944. En ejercicios de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.– El señor Paulino Gómez Pérez queda autorizado a cambiar su nombre por el de Pablo Gómez Pérez. Art. 2.– El presente Decreto será publicado en la Gaceta Oficial y en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 28 días del mes de septiembre del mil novecientos sesenta y dos; años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración. POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona