QUE MODIFICA EL ART. 1. DEL DECRETO N. 8262, DEL 15 DE JUNIO DE 1962 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE JUBILACION DEL ESTADO AL SEÑOR LUIS F. PERSIA GONZALEZ
Dec. No. 8651, que modifica el Art. 1o. del Decreto No. 8282, del 15 de junio de 1962 por medio del cual se concede jubilación del Estado al señor Luis F. Persía González.
G. O. No. 8727-Bis, del 7 de enero de 1963
República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO 8651
VISTA la Ley No.5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.- Se modifica el artículo 1ro. del Decreto No.8262, de fecha 15 de junio de 1962, para que rija con el siguiente texto:
"Art. 1.- Concede el beneficio de la jubilación y le asigna una pensión del Estado de setenta y cinco pesos oro (RD$75.00) mensuales, al señor Luis F. Persia González".
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de septiembre del mil novecientos sesenta y dos; años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona