Texto de la norma
Dec. No. 8640, que autoriza una emisión de sellos para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia.
G. O. No. 8726-Bis, del 3 de enero de 1963
REPUBLICA DOMINICANA
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO 8640
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
CONSIDERANDO que el Congreso de la Unión Postal de las Américas y España dispuso en su voto XXXVI recomendar a las administraciones de los países miembros realizar emisiones de sellos conmemorativos del 50o. aniversario de la Unión Postal de las Américas y España;
CONSIDERANDO que la sugerión contenida en el mencionado voto merece ser acogida por ser propiciadora del mejor entendimiento e intercambio postal entre los países miembros de dicha Unión;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 55 y 177 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, conmemorativa del 50o. aninersario de la Unión Postal de las Américas y España, en los siguientes tipos y cantidades:
500,000 (quinientos mil) Sellos de dos centavos para el franqueo ordinario, color rojo;
300,000 (trescientos mil) Sellos de nueve centavos para el franqueo ordinario, color mamey;
300,000 (trescientos mil) Sellos de catorce centavos para el franqueo ordinario, color verde oscuro;
300,000 (trescientos mil) Sellos de trece centavos para el franqueo ordinario, color verde oscuro;
300,000 (trescientos mil) Sellos de veintidos centavos para el franqueo aéreo color sepia.
Art. 2.- Estos sellos serán impresos en fondo blanco, rectángulares y de 38 milímetros de alto por 25 de ancho. Tendrán como diseño en la parte superior a todo lo ancho la leyenda "República Dominicana" o inmediatamente debajo dirán: Correo (aéreo) los de este tipo; a la derecha y cerca del borde, debajo de las leyendas ya expresadas, el valor facial indicado en guarismos y con el signo de centavo convencional; a la izquierda una paloma blanca con las alas abiertas en descenso diagonal hacia la derecha, llevando en el pico un sobre escrito; en el centro, un globo terraqueo mostrando con exactitud geográfica los países que integran la Unión Postal de las Américas y España; flanqueando dicho globo los años 1912 y 1962; en el extremo inferior derecho las iniciales de dicha Unión, inmediatamente debajo, el símbolo de la misma Unión y en el ángulo inferior izquierdo la leyenda 50o. aniversario de la Unión Postal de las Américas y España.
Art. 3.- Esta emisión entrará en circulación en el mes de octubre de 1962, en el cual se cumple el 50o aniversario de la Unión Postal de las Américas y España.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 22 días del mes de septiembre del mil noveceintos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
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