Texto de la norma
Dec. No. 8610, que concede jubilación con pensión del Estado a las señoras Lic. Urania Montás y Celeste Ma. Montas de Huot.
G. O. No. 8726-Bis, del 3 de enero de 1963
REPUBLICA DOMINICANA EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8610
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se les asignan sendas pensiones de doscientos pesos (RD$200.00) mensuales, respectivamente a las señoras Lic. Urania Montas y Celeste Ma. Montás de Huot.
Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s 16 dias del mes de septiembre del
mil novecientos sesenta y dos; aiios 1 190 de la Independencia y
1000 de la Restauracih.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la Repdblica
y del Consejo de Estado
Dec No. 8611, que otorge el exequitur para ejercer sus respectivas profesiones a vaflos
Doctores graduados en la Univerridad de &nto Dominp.
G. 0. No. 8726-Bis, del 3 de enero de 1963
REPUBLICA DOMINICANA
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 861 1
VISTO el Reglamento de Pasantia Hospitalaria para 10s Medi-
cos recien graduados en la Universidad de Santo Domingo No.
1953. del 6 de agosto de 1956;
VISTA la Ley sobre Exequatur de Profesionales No. 11 1, de
fecha 3 de noviembie de 1942;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren 10s articulos
54 y 116 (transitorio) de la Constituci6n de la Rep~blica, dicta el
siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO UNIC0.-
Otorga exequitur a 10s Dres. Rafael
Antonio Rodriguez Perdomo, para que pueda ejercer la profesi6n
de Mkdico y Bethania Altagracia Landestoy de Oviedo, para que
pueda ejercer la profesi6n de FarmacCutica en todo el territorio
de la Repdblica y de conformidad con las leyes y reglamentos de
la materia.
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