Texto de la norma
Dec. No. 820, que concede naturalización dominicana a varias personas.
(G.O. No. 9499, del 15 de abril de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 820
VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
a) Al señor Avital Neuman, de nacionalidad israelí;
b) Al señor Chueng Tien Den, de nacionalidad china;
c) A los señores Luen Wo Shun (a) Felipe y Luen Pak Shan, de nacionalidad china.
Art. 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía o del Gobernador Civil Provincial en caso de que residieren en el interior del país, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana, ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
de abril del año mil novecientos setenta y nueve; años 136 de la Independencia y 116 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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