Decreto No.494, que concede jubilacibn con pensi6n del Estado al seRor Danilo
Alberto Fiallo Rodriguez.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Repdblica Dominicana
NUMERO 494
VISTA la Ley No. 5 185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de
fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucion de la Repdblica, dicto el siguiente.
D E C R E T O
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilaci6n y se asigna
.una pensibn del Estado de ciento ochenta pesos or0 (RD$ISO.OO)
mensuales, a1 seiior Danilo Albert0 Fiallo Rodriguez.
Art. 2.- Dicha pensi6n sera pagada con cargo ai Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Riblicos.
DADO en Santo Doming0 de GuzmAn, Distrito Nacional,
Capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s diecinueve dias del mes
de diciembre del ail0 mil novecientos setenta y mho, aiios 1350
de la Independencia y 1 160 de la Restauracibn.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona