Texto de la norma
Decreto No.460, que autoriza ai Sr. Severiano Caba Caba a hacsr cambios en su
nombre.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Republica Dorninicana
WMERO: 460
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por
el senor Severiano Caba Caba, dominicano, mayor de edad, ca- '
sado, agricultor, portador de la Cedula de Identificaci6n Personal
No. [cédula], con domicilio en [domicilio omitido];
CONSIDERANDO que en el presente cas0 se han cumplido
todas las formalidades requeirdas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha informa-
do no haber recibido, dentro del plazo legal, ningun acta de opo-
sicion a la solicitud formulada en tal sentido por la parte intere-
sada;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82, y 83 de la Ley No. 659, so-
h e Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artfculo 55
de la Constituci6n de la Repdblica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Art. 1.- El sefior Severiano Caba Caba, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Severino Caba Caba.
Art. 2.--E1 presente Decreto se publicarfi en la Gaceta Oficial
y en un diario de circulaci6n nacional.
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Ca-
pitaldelaRepiiblica Dorninicana, a 10s siete (7) dfas del mes de
diciembre del aiio mil novecientos setenta y ocho, asIos 1350 de
la Independencia y 1160 de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
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