Texto de la norma
Decreto Nº 1102, que concede jubilación con pensión del Estado.
(G. O. Nº 8981, del 23 de Abril de 1966)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
NUMERO 1102
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de Julio de 1959;
En ejercicio de Ias atribuciones que me confiere cl qr!Ccu-
lo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-Concedo
el beneficio de la juhilacihn
\T le xigno
una pensi6n del Estadn de ciento veinte pesos OYO (RD$120.011)
mensudes, nl scfior Luis Nadal Mendoza.
\ 4
Art. 2.-Dicha
pensi6n sera pa,yada 'm cargo a1 Fondo
de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Fii-
blicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capit&! cle
la Repitblica Dominicans, a 10s veintiires dias del rnes de abril
del mil novecientos eesenta y seis, afios 123O de Ita Independ??
cia y 1030 de la Restauracih.
HECTOR C;c\_KCI,I GO~K)T
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Uecr-:c No 1103, que concede jubilaci6n con pensidn del Estado
(G. 0.
No 8981, del 23 de Abril de 1966)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la Repciblica Dominican9
NURIERO 1103
YISTA la Ley NQ 5185, sobre Pensiones Civiles del Ests-
do. de fecEia 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que n!c conliere T l 2.rtirir-
lo 3 del Acto Institutional, dicto el siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.