Texto de la norma
Decreto Nº 989, que concede nacionalidad dominicana, por opción, a la señorita María Luisa Guerrero Ramírez. (G. O. Nº 8979, del 6 de Abril de 1966.)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana.
NUMERO 989
VISTA la instancia que por conducto del Ministerio de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 24 de enero de 1966, la señorita María Luisa Guerrero Ramírez, nacida en la ciudad de México, en fecha 16 de septiembre de 1946, hija legítima de los señores José María Guerrero Freire y Celia Ramírez de Guerrero (fallecida), de nacionalidades española y dominicana respectivamente, a fin de optar definitivamente por la nacionalidad dominicana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley No. 1683 sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se declara que la señorita Maria Luisa Guerrero Ramírez, nacida en la ciudad de México, en fecha 16 de septiembre de 1946, hija legítima de los señores José Maria Guerrero Freire y Celia Ramírez de Guerrero (fallecida), de nacionalidades española y dominicana, respectivamente, ha optado definitivamente por la nacionalidad dominicana de conformidad con lo previsto en el artículo 89, inciso 3 de la Constitución de la República.
Art. 2.—Envíese a los Ministerios de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de abril del mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 103° de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
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