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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 794

QUE CONCEDE NATURALIZACION DOMINICANA A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 abr de 1979fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 9499Gaceta Oficial del 1 ene de 1979
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.794, que concede naturalización dominicana a varias personas. (G. O. No. 9499, del 15 de abril de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 794 VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana; VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas: a) A los esposos Chung-Nan Chu y Fong Mei Kao de Chu, sus padres Shui Chu y Chen Ming Chu, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Po Tsang, Kuo Chang y Yu Ksien Chu Kao; b) A los esposos Chiang Chih Yeh y Hsu Yu Lan Yeh, sus hijos mayores de edad Jui Chin y Jui Tsung Yeh, su nieto Yuet Huan Yeh Shin, su hija política Lu Su Lien Yeh, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus nietos You Cheng, Men Huei, Chun Yuen, Jen Had y Chien Jun Yeh; c) A los esposos Shen Lin y Huey Mei de Lin, sus hijos mayores de edad Ker Pin, Chao Chuan, Sheng I y Ru Wan Lin Chen, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus nietos menores Pey Ying Lin y Lan Tyan Lin; d) A los esposos Tieh Shih Chen y Tzu Tien Cheng de Chen, a sus hijos Cheng Sang, Whe Jen, King Bei, Li Chuan; Chuang Her, Mei Chuan Chen, su hijo político Hsian Ven Hsiao, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a su nieto Jen Chun Hsiao; e) A los esposos Hui Ju Wang y Chou de Wang, sus hijos mayores de edad Deh Wei y Deh Jung Wang, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Meng Sheh y Yu Sheh Wang; f) Al señor Jung Yu Tsai, sus padres An Kuei Tsai y Kue Chin de Tsai, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Pei Lin, Cheng Lin y Cheng Ju Tsai; g) A los esposos Huai Hui Chou y Mei Chuan Wu de Chou ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Ka Fan, Ka Yan, Ka Leung y Ka Kuen Se; h) A los esposos Kuo Tung Wong y Wen Tsiang Wong Ly, sus hijos mayores de edad Boh Cheng Wong, Chia Cheng Wong y You Cheng Wong, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad An Cheng Wong y Jyi Chen Wong; i) A los esposos Chee Chang Fang y Seng Hui Helen Ma de Fang, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a su hijo menor de edad Yie Wallace Fang; j) A los esposos Chen Kuo Chien y Yueng Fong Kiu de Chien, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Wai Lam, Wai Fung y Wai San Chien; k) A los esposos Kwok Chuen So y Li Kit Hiug de So, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Ka Fan, Ka Yan, Ka Leung y Ka Kun So; l) A la señora Luen Ching Ho, de nacionalidad china; m) A los esposos Ping Ling y Chi Mui Yeung de Ling, ambos de nacionalidad china y provisionalmente a sus hijas menores de edad Mei y Kuen Ling; n) A los esposos Chun Yuen Lee y Tsai Mei Sum, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Sze Lun y Sze Man Lee; ñ) A los esposos Chi Yin Cheng y Wong Shiu Zu de Cheng, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Sze Hang y Sze Wai Chen; o) A los esposos Chi Po Chen y Mei Rong Kuo de Chen, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Chai Tong, Chai Ping y Chi Wen Chen; p) A los esposos Shu Fan Chiu y Gloria de Chiu, a sus hijos mayores de edad Chi Cheong, Clifton, Chi Hsung (a) Robert, Alvin Chi Gai y Chi Kin Chiu, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a su hijo menor de edad Paul Chi Shing Chiu; q) A la señora Hut Liang Hsu, de nacionalidad británica, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Kwai Heong y Yin Kim Chong; r) A los esposos Kwok Keung Lee y Chui Chum Mui de Lee, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad, Kwok Ming y Ngai Ying Lee; s) A los esposos Hung Phoo Chiu y Sau Yung Zai Chiu, ambos de nacionalidad británica, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Tse Siu Chiu, Yium Chee Chiu y Kai Hoo Chiu; t) A los esposos Yuen Lung Wai y Pui Ling Wai, ambos de nacionalidad británica; u) A los esposos Kwan Chiu Ng y Yin Fun Chik, sus padres Dong Tuck Wu y Yau Nga Fan Ng, todos de nacionalidad china; y provisionalmente a sus hijos menores de edad Chun Man y Chun Kuck Ng; v) Al señor Alberto Wayne, de nacionalidad china; w) A los esposos Sun Say José Yu y Mei Ling Malina Wong de Yu, su madre Cheng Choa Ngo, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Judith, Juliana y Wah Ying Yu; x) A los esposos Yuan Tien Chen y Chiu Yin Tsang, a sus hijos menores de edad Siu Mui Chen, Siu Kam Chen y Yee Chow Chen, todos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Siu Ying Chen y Yee Man Chen; y) A los esposos Pung San Huang y Shu Chu Huang Song, ambos de nacionalidad china, y provisionalmente a sus hijos menores de edad Ching Yuan Huang, Tai Yuan Huang, Chiang Chun Huang y Shih Yi Huang. Art. 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá ser publicada en la Gaceta Oficial. Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de abril del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1160 de la Restauración. ANTONIOGUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona