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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 305

QUE ESTABLECE UNA VEDA A SACRIFICIO, TRAFICO, COMERCIALIZACION Y EXPENDIO DE CARNE DE RES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 oct de 1978fecha
Otrostipo
G. O. 9485Gaceta Oficial del 1 ene de 1978
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No.305, que estalbece una Veda a sacrificio, trifico, comercializaci6n y expen- dio de came de res. ANTONIO GUZMAN Presidente de la Repdblica Dominicana NUMERO 305 CONSlDERANDO que la erradicacibn de la Peste Porcina Africana es de alto inter& para el pais, por lo que el Gobierno Nacional debe adoptar todas las medidas necesarias para el logro de ese proposito; CONSIDERANDO que como resultado de tales medidas el Estado Dominican0 pasara a ser propietano de una gran parte de 10s cerdos, tras una justa compensacidn a 10s criadores, debien- do aprovecharse labcarne de 10s animales sanos para el consumo de la poblacion dominicana; CONSIDERANDO que deben establecerse mecanismos efec- tivos que tiendan a estimular el consumo de came de cerdo, ante la impostergable necesidad de eliminar toda la poblacion porcina dominicana, como unica forma de erradicar del terri- torio nacional la Peste Porcina Africana; VISTAS las recomendaciones de la Comisibn de Alto Nivel para la erradicacion de la Peste Porcina Africana; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucih de la RepGblica, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTICULO UNICO: Se establece una Veda a1 sacrificio, trhfico, comercializaci6n y expendio de carne de res, la cud regiri en todo el territorio nacional, durante el period0 com- prendido entre 10s dias 16 y 31 del mes de octubre en curso. Pirrafo: Esta medida se aplicari a 10s supermercados, merca- dos publicos, carnicerias, embutidoras, hoteles, bares, restauran- tes y todo tip0 de establecimientos similares. DADO en Santo Domingo de GuzmAn, Distrito Nacional, Capital de la Repitblica Dominicana, a 10s trece dias del mes de octubre del aAo mil novecientos setenta y ocho, aAos 1350. de la Independencia y 1160. de la Restauracion. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona