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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 741

QUE CONCEDE JUBILACION CON PENSION DEL ESTADO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 mar de 1979fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9498Gaceta Oficial del 1 ene de 1979
Poder Ejecutivoórgano
139personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
César Amílcar PérezPensión—RD$300.00
Colombina CanarioPensión—RD$300.00
Fausto Jiménez y JiménezPensión—RD$300.00
Luis Humberto MonsantoPensión—RD$300.00
Thelma Dotel Vda. BelloPensión—RD$200.00
Lidia Báez de CruzPensión—RD$200.00
Estéban MorelPensión—RD$150.00
Delia María GómezPensión—RD$100.00
Virgilio GrullónPensión—RD$100.00
Manuel Antonio Santana GarridoPensión—RD$300.00
Guillermo ValeraPensión—RD$100.00
Joaquín Lugo PeñaPensión—RD$300.00
Lino Antonio Hernández CruzPensión—RD$120.00
Carmen Julia CardonaPensión—RD$150.00
Alfredo PujolsPensión—RD$200.00
Rafael Bolívar FerdinandPensión—RD$300.00
Ctlida NewmanPensión—RD$100.00
Maria Antonia de PolancoPensión—RD$ 100.00
Andrea Perez NcilezPensión—RD$100.00
Mercedes SepblvedaPensión—RD$300.00
Altagracia RiskPensión—RD$300.00
Charles Williams BrydsonPensión—RD$275.00
Rhina Espaillat BrachePensión—RD$200.00
Altagracia Benitez Vda. IllidgePensión—RD$ 100.00
Olga EstrellaPensión—RD$200.00
Estela Despradel BrachePensión—RD$200.00
Josefa BatistaPensión—RD$215.00
Elsa Zunilda EstrellaPensión—RD$130.00
Nfreda Ortiz MoretaPensión—RD$150.00
Elena Rodriguez de RomeroPensión—RD$180.00
Ana Elpidia ShnchezPensión—
Aura Mercedes EspaillatPensión—
Dionisia Reynoso de SaldailaPensión—RD$250.00
Carmela ShepperPensión—RD$250.00
Maria GonzdezPensión—RD$120.00
Sulvenida Michel Vda. ParedesPensión—RD$120.00
Petronila MartinezPensión—RD$175.00
Jose BuenoPensión—RD$100.00
Ana Julia Hemindez de EstrellaPensión—RD$100.00
Hilda RojasPensión—RD$ 100.00
Francisca Gonzdlez de PefiaPensión—RD$ 100.00
Evangelina N. RamirezPensión—RD$120.00
Nieves Maldonado de MartinezPensión—RD$120.00
Altagracia Roman Vda. AvelinoPensión—RD$100.00
Estela Mercedes AzconaPensión—RD$100.00
Marcos Maria AriasPensión—RD$100.00
Jose Maria OrtizPensión—RD$100.00
María Antonia ReynosoPensión—RD$100.00
Felicia Castillo y CastilloPensión—RD$100.00
Francisco Sergio CastilloPensión—RD$100.00
Porfirio ManzuetaPensión—RD$100.00
Andrés JoséPensión—RD$100.00
Domingo González FélizPensión—RD$100.00
Ernesto LarouxPensión—RD$200.00
Homero CossPensión—RD$200.00
Israel SimóPensión—RD$200.00
Apolinar CastellanosPensión—RD$200.00
Danilo BarbelPensión—RD$200.00
Estrella Jesurum de LalanePensión—RD$100.00
Doralinda Quezada de JiménezPensión—RD$100.00
Paulino MateoPensión—RD$100.00
Carmen Fernández de FernándezPensión—RD$200.00
Marfa del Carmen Marte DavidPensión—
Marfa Agustina Rodriguez SterlingPensión—
Carmen Jiquez de GerminPensión—RD$100.00
Leonilda Guerrero y ZabalaPensión—RD$ 100.00
Ofelia Maria Rivas de BautistaPensión—RD$ 100.00
Josefa Maria RivasPensión—RD$ 100.00
Luz Victoria TrinidadPensión—
Maria Luisa GonzAlez ColbnPensión—
Ligia Cardona GbmezPensión—RD$ 100.00
Luisa Montero MonteroPensión—RD$ 100.00
Luisa PopoteurPensión—RD$ 100.00
Baldemira Reyes AbreuPensión—RD$300.00
Asia Margarita GonzAlez NoyolaPensión—RD$120.00
Altagracia Acosta de MCndezPensión—RD$200.00
Ana Ramona Grullón de GbrnezPensión—RD$200.00
Elsa Grullón de MoyaPensión—RD$170.00
Amantina Altagracip GrullónPensión—RD$175.00
Andrea Adames de HerndndezPensión—RD$120.00
Margarita Mejia de SinchezPensión—RD$100.00
Teolinda Robert I de DelgadoPensión—RD$120.00
Ulises Felix PiiiaPensión—RD$120.00
Maria Elvira Ferreira de CobPensión—RD$ 100.00
Mila Eienea PCrez DominguezPensión—RD$100.00
Patria Rodriguez Vda. AlcrlntaraPensión—
Carmen Casanova de ContyerasPensión—
Maria Ramona Siinchez de FernAndezPensión—RD$ 100.00
Regino GrullbnPensión—RD$ 100.00
Lidia Rodriguez de FriasPensión—RD$100.00
Simeón GutiCrrezPensión—RD$ 100.00
Elba Nelly Medina de RodriguezPensión—
Josefina TaviirezPensión—RD$ 100.00
Enedina Ramona Aracena ReynosoPensión—RD$150.00
Mercedes A. TerreroPensión—RD$150.00
Rosa Hilda Polanco de EscañoPensión—RD$100.00
Rosa N. Carmona de CastilloPensión—RD$100.00
Atenaida Escarre de BerroaPensión—RD$100.00
Evangelista SeverinoPensión—RD$100.00
Luz María Durán de UreñaPensión—RD$150.00
Nieves BonillaPensión—RD$175.00
Maximina RosaPensión—RD$200.00
Francisco BeriguetePensión—RD$100.00
América Pérez Vda. FélizPensión—RD$100.00
Teolinda Páez TineoPensión—RD$150.00
Gisela Durán PichardoPensión—RD$100.00
Lucía Lavignia Artiles TavarezPensión—RD$200.00
Eduardo Gómez TiburcioPensión—RD$300.00
Altagracia HerediaPensión—RD$100.00
Lucía Moya CamberoPensión—RD$100.00
Casimiro Lora SuárezPensión—RD$120.00
Juana Martínez de MagovPensión—RD$100.00
Angélica Fiallo MiesesPensión—RD$160.00
Ismenia SeguraPensión—RD$115.00
Elvira Stevens de BanksPensión—RD$100.00
Emilio Ernesto LópezPensión—RD$200.00
Isabel Gabriel Montás NautPensión—RD$100.00
Ana Julia Moya de SuárezPensión—RD$100.00
Flo de América EchevarríaPensión—RD$300.00
Andrés Marcano de los SantosPensión—RD$100.00
Adolfo Maloon APensión—RD$100.00
Luis María RamírezPensión—RD$180.00
Vinicia Valdez de RamírezPensión—RD$175.00
Manuel de Jesús Infante VásquezPensión—RD$100.00
Altagracia Onelia SepúlvedaPensión—RD$150.00
Eligio Antonio PeñaPensión—RD$225.00
Minerva Mancebo de DiclóPensión—RD$200.00
Herminda Sánchez de TolentinoPensión—RD$100.00
Manuel de Jesús Perelló MejíaPensión—RD$100.00
Josefa Neida Lugo PérezPensión—RD$100.00
Rhina Sánchez de VelázquezPensión—RD$175.00
Georgina Lora de UrracaPensión—RD$100.00
María Fabiola Constanzo de MessinaPensión—RD$100.00
Rosa Herminia Catano Vda. ValdezPensión—RD$100.00
María Guzmán BencosmePensión—RD$130.00
Carmen Flores de VenturaPensión—RD$300.00
Ramón Enrique RodríguezPensión—RD$300.00
María Cristobalina López CapellánPensión—RD$100.00
Ceferino Antonio SantiagoPensión—RD$150.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (21,543 caracteres)
Dec. No. 741, que concede jubilación con pensión del Estado a varias personas. (G. O. No. 9490, del 31 de marzo de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 741 VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado a las personas siguientes: 1) Al señor César Amílcar Pérez, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 2) A la señora Colombina Canario, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 3) Al señor Fausto Jiménez y Jiménez, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 4) Al señor Luis Humberto Monsanto, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 5) A la señora Thelma Dotel Vda. Bello, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 6) A la señora Marina Balaguer, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 7) A la señora Lidia Báez de Cruz, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 8) Al señor Estéban Morel, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales: 9) A la señora Delia María Gómez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 10) Al aseñor Rafael Arturo Collado, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 11) Al señor Virgilio Grullón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 12) Al señor Lic. Manuel Antonio Santana Garrido, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 13) Al señor Guillermo Valera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 14) Al señor Joaquín Lugo Peña, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 15) Al señor Lino Antonio Hernández Cruz, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 16) A la señora Carmen Julia Cardona, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 17) Al señor Alfredo Pujols, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 18) Al señor Rafael Bolívar Ferdinand, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 19) A la señora Marina Lavandier, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales: 20) Al s&or Tom& de Jessls Saldivar, una pensi6n del Estado de trescientos pesos or0 (RD$300.00) mensuales; 2 1) A la sefiara Estela Cerda Anico, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensuales; 22) A la Mora Altagracia Nidia Castillo, una pensi6n del Estado de doscientos cincuenta pesos or0 (RDS250.00) men- hales; 23) A la sefiora Ctlida Newman, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 24) AI seAor Dr. Annando Cordero, una pensi6n del Estado de trescientos pesos or0 (R€8$300.00) mensuales; 25) AI seiior Nicasic Serrano, una pensi6n del Estado de cien pesos om (RD$ 100.00) mensuales; 26) A pi seAora Judith Hernando de la Mota, una pensibn del Estado de doscientos pesos or0 (RDS200.00) mensuales; 27) A la seilora Aura Violeta Hernando de la Mota, una pensi6n de1 Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales ; 28) A la seilora Teresa Sarah Honnorete, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 (RDS200.00) mensuales; 29) A la seilora Lidia Dalmasf de Pichirilo, una pensi6n del Estado de cien pesos ofo (RD$ 100.00) rnensuales; 30) A la sefiora Maria Antonia de Polanco, una pensidn del Estado de ciento veinte pesos or0 (RDS120.00) mensuales; 3 1) A la sepiora Matilde Diaz de Disla, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 32) A la sefiora Andrea Perez Ncilez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$IOO.OO) mensuales: 33) AI seflor Jo& Mota Rivera, upa pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 34) A .la sefiora Silvia Isidor, una per:i6n del Estado de dos- cientos pesos or0 (RD$200.00) mensuales; 35) A la sefiora Mercedes Sepblveda, una pensi6n del Estado 36) A la sefiora Altagracia Risk, una pensibn del Estado de de trescientos pesos or0 (RD$300.00) mensuales: cien pesos or0 (RD$IOO.OO) mensuales; 37) Al sefior Charles Williams Brydson, una pensi6n del Estado de Boscientos setenta y cinco pesos or0 (RD$275.00) mensuales; 38) A la sefiora Rhina Espaillat Brache, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensuales; 39) A la seiiora Altagracia Benitez Vda. Illidge, una pension del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 40) A la sefiora Olga Estrella, una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$l 50.00) mensuales; 41) A la sefiora Estela Despradel Brache, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensuales; 42) A la seiiora Josefa Batista, una pensi6n del Estado de doscientos quince pesos or0 (RD$215.00) mensuales; 43) A la sefiora Elsa Zunilda Estrella, una pensi6n del Estado de ciento treinta pesos or0 (RD$130.00) mensuales; 44) A la sefiora Nfreda Ortiz Moreta, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 45) A la sefiora Marina Sgnchez de la Rocha, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensuales; 46) A la sefiora Elena Rodriguez de Romero, una pensi6n del Estado de ciento ochenta pesos or0 (RD$180.00) men- suales; 47) A la seiiora Ana Elpidia Shnchez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 48) A la seiiora Aura Mercedes Espaillat, una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$1 50.00) mensuales; 49) A1 sellor Heriberto Frias, una pensibn del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 50) A la seiiora Dionisia Reynoso de Saldaila, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$I00.00) mensuales; 51) A la seiiora Carmela Shepper, una pensi6n del Estado de doscientos cincuenta pesos or0 (RD$250.00) mensuales; 52) A la seiiora Maria Gonzdez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 53) A la seiiora Sulvenida Michel Vda. Paredes, una pensi6n del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 54) A la seiiora Petronila Martinez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 5 5 ) A1 seiior Femelys Bienvenido Mercedes Perez, una pensibn del Estado de ciento setenta y cinco pesos or0 (RD$175.00) mensuales ; 56) Al seiior Jose Bueno, una pensi6n del Estado de ciento cuarenta pesos or0 (RD$l40.00) mensuales; 57 AI seiior Modesto Diaz, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 58) AI seiior Felix Antonio Aragones, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 59) A la seiiora Ana Julia Hemindez de Estrella, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 60) A la seiiora Hilda Rojas, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensudes; 6 1 ) A la seiiora Marcelina P e a de Lantigua, una pensi6n del Estado de cien pesos o m (RD$lOO.OO) mensuales; 62) A la sefiora Francisca Gonzdlez de Pefia, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 63, A la seiiora Evangelina N. Ramirez, una pensi6n del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 64) A la seiiora Nieves Maldonado de Martinez, una pensi6n del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 65) AI seiior Manuel Emilio Cadena Valdez, una pensi6n del Estado de doscientos cincuenta pesos or0 (RD$250.00) mensua- les; 66) A1 seiior Rafael Nicolds Garcia Cruz, una pensi6n del Estado de doscientos treinta pesos or0 (RD$230.00) mensuales; 67) A la seiiora Altagracia Roman Vda. Avelino, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 68) A1 seiior Doming0 Oviedo Familia, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 69).A la seiiora Estela Mercedes Azcona, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 70) Al seiior Marcos Maria Arias, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 71) Al sefior Jose Maria Ortiz, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 72) A la seiiora Virtudes kodriguez de Arredondo, una pensi6n del Estado de ciento setCnta y cinco pesos or0 (RD$- 175.00) mensuales; 73) A la señora María Antonia Reynoso, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 74) A la señora Felicia Castillo y Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 75) Al señor Francisco Sergio Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 76) Al señor Porfirio Manzueta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 77) Al señor Andrés José, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 78) Al señor Domingo González Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 79) Al señor Ernesto Laroux, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 80) Al señor Homero Coss, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 81) Al señor Israel Simó, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 82) Al señor Apolinar Castellanos, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 83) Al señor Danilo Barbel, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 84) A la señora Estrella Jesurum de Lalane, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 85) A la señora Doralinda Quezada de Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 86) Al señor Paulino Mateo, una pensión del Estado de pesos oro (RD$100.00) mensuales; 87) A la señora Carmen Fernández de Fernández, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 88) A la seiIora Rosa Haydee Acevedo Burg-, una pensi6n del .Estado de ciento setenta y cinco pesos om (RDS175.00) mensuales ; 89) A la seAora Carmen Casimira Mil Bon6, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RDS 100.00) mensuales; 90) AI senor Eugenio GonzzIlez, una pensi6n del Estado de ciento ochenta pesos or0 (RDS 180.00) mensuales; 91) AI seiior Juan Roque, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RDS 100.00) mensuales; 92) AI senor Tadeo de la Cruz, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RDS 100.00) mensuales; 93) A la sefiora Lilian hlercedes Capellan Rosellb, una pensi6n del Estad? de ciento setenta y cinco pesos or0 (RDS175.00) mensuales; 94) .A la senora Altagracia Senovia Marchena. una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RDSlS0.00) mensuales; 95) A la sefiora Marfa del Carmen Marte David, una pensih del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RDS 150.00) mensua- les; 96) A la sefiora Marfa Agustina Rodriguez Sterling, una pensi6n del Estado de doscientos setenta y cinco pesos or0 (RlX275.00)hensuales; A la sefiora Carmen Jiquez de Germin, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 38) A la sefiora Canrada htonia Fedndez, una pensidn del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 99) A la sefiora Leonilda Guerrero y Zabala, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 100) A la sefiora Ofelia Maria Rivas de Bautista, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 101) A la seiiora Josefa Maria Rivas, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 102) A1 sefior Miguel Angel Lonibert Cerda, una pensi6n de cien pesos or0 (RD$lOO.OO! mensuales; 103) A la sefiora Luz Victoria Trinidad, una pensi6n del Es- tad0 de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 104) A la sefiora Maria Luisa GonzAlez Colbn, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00 mensuales; 105) A la sefiora Ligia Cardona Gbmez, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RDSl50.00) mensuales; 106) A1 sefior FClix Maria Beltrd, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 107) A la seiiora Luisa Montero Montero, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 108) A la sefiora Luisa Popoteur, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 109) A la sefiora Baldemira Reyes Abreu, unapensi6n del Estado de trescientos pesos or0 (RD$300.00) mensuales; 110) AI seiior JosC Enrique Lantigua, una pensi6n del Estado de trescientos pesos or0 (RD$300.00) mensuales; 11 1) A la seiiora Asia Margarita GonzAlez Noyola, una pensi6n del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 112) A la seiiora Altagracia Acosta de MCndez, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensuaies; 1 13) A la seiiora Ana Ramona Grull6n de Gbrnez, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensdales; 114) A la seiiora Elsa Grull6n de Moya, una pensi6n del Estado de ciento setenta pesos or0 (RD$170.00) mensuales; 115) A la seiiora Amantina Altagracip Grull6n, una pensi6n del Estado de ciento setenta y cinco pesos or0 (RD$175.00) mensuales ; 1 ' A la seiiora Andrea Adames de Herndndez, una pensi6n del Gstado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 117) A1 sefior Desiderio Dominguez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales: 1 18) A la seiiora Margarita Mejia de Sinchez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 119) A la seiiora Teolinda Robert I de Delgado, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 120.) Al seiior Ulises Felix Piiia, una pensi6n del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 12 1 ) A la seiiora Maria Elvira Ferreira de Cob, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 122) A Flor 0. de Lebn de Montaz, una pensi6n del Estado de cien pesos'oro (RD$ 1 00.00) mensuales; 123) A1 sefior Eduardo Cote Morales, una pensi6n del Estado de qiento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 124) A la sefiorg Ana S. Lafontaine, una pensibn del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 125) A la sefiora Mila Eienea PCrez Dominguez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 126) A la seAora Aura Cadena de Genao, una pensi6n del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales; 127) A la seiiora Patria Rodriguez Vda. Alcrlntara, unapensi6n del Estado de siento veinte pesos or0 (RD$ i 20.00) mensuales; 128) A la sefiora Carmen Casanova de Contyeras, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 129) A la seiiora Maria Ramona Siinchez de FernAndez, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RDf~150.00) mensuales ; 130) Al seiior Regino Grullbn, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 13 1) A la sefiora Lidia Rodriguez de Frias, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; 132) Al seiior Sime6n GutiCrrez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) pensuales; 133) A la seiiora Elba Nelly Medina de Rodriguez, una pensi6n del estado de ciento cincuenta pesos or0 (kDrSlSO.00) nien- suales; 134) A la seiiora Josefina Taviirez, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$l50.00) mensuales; 135) AI sefior Ernest0 Montaz Perez, una pensi6n del Estado de gien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 136) A1 sefior Jos6 Amado Sinchez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales, 137) A1 sefior Salustiano de la Cruz, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO j mensuales; 138) A1 sefior Ram6n Enrique Matos Feliz, una pensi6n del Estado de trescientos pesos or0 (RD$300.00) mensuales; 139) A la seiiora Enedina Ramona Aracena Reynoso, pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 140) A1 .seiior Roberto Figuereo Solis, una pension del Estado de ciento cinco pesos or0 (RD$lOS.OO) mensuales; 141) A la señora Mercedes A. Terrero, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 142) A la señora Rosa Hilda Polanco de Escaño, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 143) A la señora Rosa N. Carmona de Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 144) A la señora Atenaida Escarre de Berroa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 145) A la señora Evangelista Severino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 146) A la señora Luz María Durán de Ureña, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 147) A la señora Nieves Bonilla, una pensión del Estado de ciento setenta y cinco pesos oro (RD$175.00) mensuales; 148) A la señora Maximina Rosa, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 149) Al señor Francisco Beriguete, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 150) A la señora América Pérez Vda. Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 151) A la señora Teolinda Páez Tineo, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 152) A la señora Gisela Durán Pichardo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 153) A la señora Lucía Lavignia Artiles Tavarez, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 154) Al señor Eduardo Gómez Tiburcio, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 155) A la señora Altagracia Heredia, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 156) A la señora Lucía Moya Cambero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 157) Al señor Casimiro Lora Suárez, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 158) A la señora Juana Martínez de Magoven, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 159) A la señora Angélica Fiallo Mieses, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 160) A la señora Ismenia Segura, una pensión del Estado de ciento quince pesos oro (RD$115.00) mensuales; 161) A la señora Elvira Stevens de Banks, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 162) Al señor Emilio Ernesto López, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 163) A la señora Isabel Gabriel Montás Naut, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 164) A la señora Ana Julia Moya de Suárez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 165, A la señora Flo de América Echevarría, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 166) Al señor Andrés Marcano de los Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 167) Al señor Adolfo Maloon A., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 168) Al señor Luis María Ramírez, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 169) Al señor Francisco Sergio Castillo, una pensión del Estado de ciento quince pesos oro (RD$115.00) mensuales; 170) A la señora Vinicia Valdez de Ramírez, una pensión del Estado de ciento setenta y cinco pesos oro (RD$175.00) mensuales; 171) Al señor Manuel de Jesús Infante Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 172) A la señora Altagracia Onelia Sepúlveda, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 173) Al señor Eligio Antonio Peña, una pensión del Estado de doscientos veinticinco pesos oro (RD$225.00) mensuales; 174) A la señora Minerva Mancebo de Dicló, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 175) A la señora Herminda Sánchez de Tolentino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 176) Al señor Manuel de Jesús Perelló Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 177) A la señora Josefa Neida Lugo Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 178) A la señora Rhina Sánchez de Velázquez, una pensión del Estado de ciento setenta y cinco pesos oro (RD$175.00) mensuales; 179) A la señora Georgina Lora de Urraca, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 180) A la señora María Fabiola Constanzo de Messina, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 181) A la señora Rosa Herminia Catano Vda. Valdez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 182) A Manuel Antonio de Dios, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 183) A la señora María Guzmán Bencosme, una pensión del Estado de ciento treinta pesos oro (RD$130.00) mensuales; 184) Al señor Caonabo Bretón una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 185) A la señora Carmen Flores de Ventura, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 186) Al señor Lic. Ramón Enrique Rodríguez, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 187) A la señora María Cristobalina López Capellán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 188) Al señor Ceferino Antonio Santiago, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; Art. 2.— Dichas pensiones serán pagadas a estos servidores de la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1160 de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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