Texto de la norma
Dec. No. 692, que otorga exequátur a varios graduados universitarios.
(G. O. No. 9497, del 28 de febrero de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 692
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, de fecha 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
TECNOLOGO MEDICO:
Domingo Antonio Cruz.
INGENIERO CIVIL:
Ramón Arquímedes Almánzar Paulino, Víctor de Jesús Fermín Villanueva, José Miguel Mercedes Arias y Lucas Bolívar Aquino Salcedo.
INGENIERO ELECTROMECANICO:
Rafael Alquímedes Pérez Encarnación, Ricardo Martínez Rosa, José Emilio Marte Marte y Rubén Darío Peña González.
INGENIERO ELECTRICISTA:
Martín Rafael García Bidó y Rafael Feliciano Dominguez Rodríguez.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y nueve; años 135o de la Independencia y 116o de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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