Texto de la norma
Dec. No. 583, que crea e integra la Comisión Maderera.
(G. O. No. 9496, del 31 de enero de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 583
CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del Gobierno regular todo lo relativo a la explotación de los recursos naturales del país;
CONSIDERANDO: Que se debe organizar la importación de maderas, para asegurar la calidad debida y adecuarla a las necesidades del país y a la eventual explotación de los recursos madereros nacionales;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se crea la Comisión Maderera, que estará compuesta por el Secretario de Estado de Agricultura, quien la presidirá, el Secretario de Estado de Industria y Comercio el Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, el Secretario Técnico de la Presidencia, el Director General de Foresta, y el Director General de Parque y un representante del sector privado designado por el Poder Ejecutivo.
Art. 2.— Esta Comisión tendrá a su cargo, el otorgamiento de los permisos para la importación de madera de cualquier clase o calidad, así como para la importación de otros productos en base a madera u otras fibras tales como "plywood", madera contrachapada, etc.
Art. 3.— La Secretaría de Estado de Agricultura le ofrecerá todo el apoyo que esta Comisión necesite para el cumplimiento de sus funciones.
Art. 4. - Adicionalmente, esta Lornisi6n debera realizar 10s
estudios necesarios para la creaci6n de la Corporaci6n Maderera
Dominicana, empresa estatal que absorbera las funciones de esta
Comision. Ademas, la Corporacion Maderera Dominicana se en-
cargari, de considerarse conver iente para el bienestar nacional
de la eventural explotacion racional de nuestros recursos madere-
ros nacionales.
La Comisidn Maderera debera presentar a1 Poder Ejecutivo el
informe correspondiente a la creacion de la Corporacion Made-
rera Dominicana a mas tardsr 6 meses despues de la publicacion
de este Dscreto.
DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintidos dias del mes
de enero del afio mil novecientos setenta y nueve; aiios 1350
de la Independencia y 1160 de la Restauracion.
ANTONIO GUZMAN
Dec. NO. 584, que crea e integra la Comisi6n Nacional de Pali'ticr Eneraetica.
(G. 0. No. 9496, del 31 de enero de 1979)
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