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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 581

QUE AUTORIZA LA REDUCCION EN LOS PRECIOS DEL PETROLEO Y SUS DERIVADOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ene de 1979fecha
Concesióntipo
G. O. 9496Gaceta Oficial del 1 ene de 1979
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 581, que autoriza la reducción en los precios del Petróleo y sus derivados (G. O. No. 9496, del 31 de enero de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 581 CONSIDERANDO que es necesario proteger el costo de la vida en República Dominicana; CONSIDERANDO que es necesario absorber, con los aumentos de precios de venta de los derivados del petróleo, los nuevos costos del combustible que surgen como consecuencia de los aumentos dispuestos por la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP); CONSIDERANDO que los cálculos se han hecho para tomar en cuenta el efecto promedio para el año 1979 de los incrementos dispuestos por la OPEP. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se autoriza a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, en su calidad de Control de Precios del Petróleo, Gasolina y demás derivados, a reducir en 5.0 centavos el galón de gasolina y en 5.0 centavos el galón de diesel-oil los precios actuales de venta de dichos productos al consumidor que fueron fijados por el Decreto No. 520, de fecha 2 de enero de 1979. Esta reducción será con efectividad al día 24 de enero de 1979. Art. 2.- Además, y con efectividad a partir de la fecha antes indicada, se autoriza a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio a rebajar el precio del gas propano al consumidor a $14.00 el cilindro de 100 libras, con rebajas equivalentes en este mismo producto en sus otros envases. Art. 3.— El Secretario de Estado de Finanzas, el Secretario de Estado de Industria y Comercio y el Contralor General de la República, quedan encargados de coordinar la aplicación de las disposiciones del presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de enero del año mil novecientos setenta y nueve; años 135o de la Independencia y 116o de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona